Continuando con su labor de establecer mecanismos que permitan un mejor alineamiento de intereses entre las AFP y los fondos de pensiones, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N.°2186-2023, ha modificado la metodología de cálculo de encaje legal.
El encaje legal está constituido por recursos de propiedad de la AFP que son invertidos en el mismo portafolio del fondo de pensiones de los afiliados.
De acuerdo con la norma publicada hoy en el Diario Oficial, el encaje legal pasará a ser estimado en función de una tasa fija respecto al número de cuotas existentes en el patrimonio de cada tipo de fondo de pensiones. Los tipos de fondo de mayor riesgo tendrán una mayor tasa de encaje legal.
De otro lado, la norma crea un encaje por excesos de inversión en el caso que se presenten y mantengan excesos de inversión imputables, y/o no se cumpla con eliminar los excesos de inversión en el marco del plan de adecuación vigente aprobado por la SBS.
Esta medida, según la SBS, contribuirá en una gestión más eficiente, por parte de las AFP, de los excesos de inversión, los cuales se generaron, principalmente, a partir de los retiros de los fondos de pensiones. Asimismo, junto a este nuevo esquema, se derogan los ajustes de rentabilidad por excesos de inversión que se realizan al valor cuota y a los indicadores de desempeño que publica la Superintendencia.
Como resultado de los ajustes a la metodología del cálculo legal y la creación del encaje por excesos de inversión, se modifican los manuales de contabilidad de las AFP y las carteras administradas.
La SBS precisó que la resolución entrará en vigencia el 1 de enero del 2024.
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(FIN) NDP/JJN
Publicado: 23/6/2023