El Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) recuerda a los ciudadanos que el impuesto de alcabala es un tributo que se paga al adquirir un bien inmueble urbano o rústico a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad.
El comprador o adquiriente de un inmueble ubicado en Lima Metropolitana está obligado a realizar el pago en el SAT de Lima. El pago de este impuesto se efectúa al contado y se tiene como plazo hasta el último día hábil del mes siguiente de efectuada la transferencia.
Requisitos
1. Presentar el documento de identidad.
2. Copia simple del documento de transferencia de propiedad.
3. Copia simple del autovalúo (formatos HR y PU del año en que se efectuó la transferencia).
¿Cuánto se paga?
El 3% del valor de venta del inmueble o valor del autovalúo, el que sea mayor. Previamente se descontarán 10 UIT (unidades impositivas tributarias); el valor de la UIT este año es S/4,600.
En caso sea la primera venta de una empresa constructora, la base imponible será el valor del terreno.
Por ejemplo, si se compra una vivienda a S/420,000, se deben descontar 10 UIT, es decir, S/46,000. A esta cifra (S/374,000) se multiplica la tasa del 3%, según establece la Ley de Tributación Municipal.
El resultado es el importe de S/11.220, monto que se cancelará por el impuesto de alcabala ante el SAT.
Las personas pueden realizar sus trámites y pagar el impuesto de alcabala en notarías afiliadas al SAT. Ver
AQUÍ o en cualquiera de las agencia. Ver
AQUÍ, mediante cualquier medio de pago.
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(FIN) NDP/ SMS
Publicado: 19/4/2022