El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Supremo archivó la instrucción contra Pedro Chávarry por la remoción de los fiscales Rafael Vela y José Domingo Pérez, así como por solicitar información sobre el acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht.
En su resolución, el juez supremo Hugo Nuñez Julca considera que los hechos imputados Chávarry Vallejos no constituyen delito de encubrimiento real.
"En el presente caso, los hechos investigados e imputados por el representante Ministerio Público no se subsumen en el tipo penal descrito, por lo que, deviene en fundada la excepción de naturaleza de acción deducida por el investigado Pedro Gonzalo Chávarry Vallejos", precisa el documento.
La fiscal suprema Bersabeth Revilla, a cargo de la investigación, había solicitado la suspensión en el cargo de Chávarry Vallejos por 18 meses.
El pasado 21 de agosto, el juez Núñez dispuso abrir investigación preparatoria contra el fiscal supremo y exfiscal de la Nación por el delito de encubrimiento real, el único que aprobó el último Congreso.
Según el artículo 405 del Código Penal (CP), que tipifica esta falta delictiva, el encubrimiento real tiene una pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.
(FIN) RMCH
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Publicado: 26/11/2019