El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy el documento “Criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones”.
La medida se dispuso mediante resolución directoral (RD) 0004-2021-EF/63.01, publicado hoy en el diario El Peruano.
Se establece la publicación de la presente RD y de su anexo en el portal institucional del MEF (
www.gob.pe/mef), desde hoy.
Se determina la derogación de la RD 010-2020EF/63.01, que aprueba alcances sobre las opiniones vinculantes emitidas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones durante el ciclo de inversión y criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones.
En los considerandos de la norma se sustenta que es necesario aprobar un nuevo documento denominado “Criterios para la desactivación de inversiones en el Banco de Inversiones”.
Se señala que este documento recoge los criterios para la desactivación de las inversiones aprobada por la RD 010-2020-EF/63.01, con modificaciones, así como que establece plazos para desactivar las inversiones en el aplicativo informático del Banco de Inversiones e incorpora el proceso que fija las consideraciones generales para que se realice dichas desactivaciones.
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(FIN) MMG
JRA
Publicado: 5/7/2021