Andina

Profesionales independientes que ganan menos de S/. 2,406 al mes no pagarán Impuesto a la Renta

11:44 |

Lima, ene. 28 (ANDINA).- Los contribuyentes que perciben rentas de Cuarta Categoría y cuyos ingresos mensuales no superan los 2,406 nuevos soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, según establece una resolución publicada hoy de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

   Lima, ene. 28 (ANDINA).-. Los contribuyentes que perciben rentas de Cuarta Categoría y cuyos ingresos mensuales no superan los 2,406 nuevos soles no estarán obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, según establece una resolución publicada hoy de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

   Del mismo modo, el importe de 2,406 nuevos soles es aplicable para los contribuyentes que perciban exclusivamente rentas de cuarta y quinta categoría.

   La Sunat indicó que para estos casos el monto mínimo que se había fijado durante el ejercicio correspondiente al año 2004 era de 2,343 nuevos soles.

   De otro lado, precisó que no están obligados a efectuar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta los directores de empresas que perciban exclusivamente rentas de Cuarta Categoría, siempre que sus ingresos mensuales no superen los 1,925 nuevos soles.

   La norma también establece que si en un determinado mes se reciben rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta.

   Los cambios aprobados en la resolución publicada hoy se han efectuado a raíz del aumento de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) de 3,200 a 3,300 nuevos soles para el presente año.

   (FIN) JPC/JPC


Publicado: 28/1/2005