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Indecopi: Mapfre debe activar seguro de desgravamen a favor de familiares de 3 afiliados

Ellos fallecieron por el covid-19

ANDINA/Difusión

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10:08 | Lima, nov. 7.

En segunda y última instancia la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi ordenó a la empresa Mapfre que active el seguro de desgravamen a favor de los familiares de tres afiliados que fallecieron por el covid-19, en un plazo de 15 días hábiles después de ser notificada.

Ello tras haber denegado injustificadamente la cobertura indicando que la causa del deceso se encontraba excluida de la póliza de seguro.

Refirió que Mapfre justificó su accionar indicando que las enfermedades declaradas como ‘epidemia’ estaban excluidas de la cobertura de la póliza contratada por los asegurados y que el covid-19 tenía esta denominación por el Ministerio de Salud (Minsa). 

Sin embargo, la Sala verificó que dicha afirmación era incorrecta y que en realidad el covid-19 fue declarada como ‘pandemia’ por la Organización Mundial de la Salud (OMS). 


A favor del asegurado 

Al respecto y según lo dispuesto en la Ley del Contrato de Seguro (Ley N°29946), las exclusiones de cobertura deben interpretarse literalmente y, en caso de dudas, esta interpretación debe ser a favor del asegurado. 

En ese sentido, y con voto en mayoría, la Sala determinó que la empresa no podía denegar la póliza ya que el motivo señalado no estaba expresamente contemplado como una causa de exclusión en la póliza contratada; por ello impuso a la empresa una multa total de 188,462 soles (40.97 Unidades Impositivas Tributarias). 

En dos de los casos, se emplearon los criterios de graduación de multas establecidos en el artículo 112° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, tales como el beneficio ilícito obtenido, el daño resultante de la infracción, la probabilidad de detección de la infracción, los efectos negativos generados en el mercado y una circunstancia agravante especial que es el fallecimiento de los asegurados a causa del covid-19 en un contexto de Estado de Emergencia Sanitaria Nacional.  

En el tercer caso, se empleó la metodología para el cálculo de multas establecido en el Decreto Supremo 032-2021-PCM que se encuentra vigente a partir del 14 de junio del 2021. 


Resoluciones  

Las Resoluciones son públicas y pueden ser revisadas en los siguientes enlaces: 

1741-2022/SPC-INDECOPI: Aquí

2124-2022/SPC-INDECOPI: Aquí

2125-2022/SPC INDECOPI: Aquí
  

Para tomar en cuenta 

Epidemia: la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud la califican como el aumento inusual del número de casos de una enfermedad determinada en una población específica, en un período determinado. 

Pandemia: la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud califican a la pandemia como una epidemia que se ha extendido por varios países, continentes o todo el mundo y que, generalmente, afecta a un gran número de personas. 
 

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(FIN) NDP/SDD/JJN
JRA



Publicado: 7/11/2022