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Autorizan inicio de primera temporada 2021 de pesca de anchoveta en la zona sur

Hasta por 409,000 toneladas

ANDINA/Difusión

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20:46 | Lima, mar. 4.

El Gobierno autorizó hoy el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta y anchoveta blanca en la zona sur hasta por un máximo de 409,000 toneladas.

Así se estableció a través de la Resolución Ministerial Nº 00074-2021-Produce, publicada hoy en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área marítima comprendida entre los 16º00’LS y el extremo sur del dominio marítimo del Perú, correspondiente al período enero - junio 2021.

El inicio de la Primera Temporada de Pesca regirá a partir de las 00:00 horas del 10 de marzo de 2021, siendo la fecha de conclusión, una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) autorizado, o en su defecto, no podrá exceder del 30 de junio de 2021. 

La fecha de conclusión de la Primera Temporada de Pesca 2021 de la Zona Sur podrá modificarse en función a las condiciones biológicas-ambientales, previo informe del Imarpe, a través de la expedición de la Resolución Ministerial respectiva.

El Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto, correspondiente a la Primera Temporada de Pesca 2021 de la Zona Sur, es de 409,000 toneladas.

Asimismo, se establece que sólo operan las embarcaciones pesqueras que tengan permiso de pesca vigente para el recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), y cuenten con la asignación de un Límite Máximo de Captura por Embarcación de la Zona Sur (LMCE-Sur) que será publicada por Resolución Directoral de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

Esta información será actualizada en el Portal Institucional cuya dirección es www.gob.pe/produce, y que cumplan con la normatividad vigente.

La norma lleva la rúbrica del ministro de la Producción, José Luis Chicoma Lúcar.


Ex 20210304 by Agencia Andina




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Publicado: 4/3/2021