Las empresas deben prepararse para la fiscalización electrónica que la Sunat realizará, con la debida implementación de los libros contables digitales, señaló la socia de Impuestos de la consultora Ernst & Young, Beatriz De la Vega.
Refirió que según la normativa, los “mega contribuyentes”, es decir aquellas empresas que facturen por encima de las 3,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) están obligadas a partir del 2016 a llevar la contabilidad completa electrónica.
“Probablemente sean los principales contribuyentes, los primeros a quienes se les aplique la fiscalización electrónica, porque ya tienen su contabilidad electrónica completa del periodo 2017”, señaló.
En la categoría de mega contribuyentes están las empresas mineras, agroindustriales, pesqueras e industriales entre otras.
“El año pasado, el 2017, ya se anunció que se va a incrementar o se va a poner foco en la fiscalización electrónica”, subrayó.
Indicó que aún faltan las normas de detalle de la fiscalización electrónica que tiene que emitir la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) para aplicarse de manera integral.
“Si esas normas se aplican en 2018, podemos pensar en la fiscalización electrónica, ¿a quienes? entenderíamos que el piloto serían los que tienen contabilidad electrónica completa, que son los principales contribuyentes nacionales, los megacontribuyentes”, dijo.
Principales contribuyentes
Según cifras de la Sunat, la recaudación tributaria se sustenta principalmente en pocas unidades empresariales, alrededor de 12,700 principales empresas aportan el 75% de la recaudación, mientras que el 25% restante es aportado por 1.8 millones de empresas o personas naturales con negocio.
Asimismo, el ente recaudador señaló en diciembre de 2017, que apenas el 1% de las empresas en el país reportan más de 1,700 UIT (6 millones 685,000 soles) al año y el 83% declaran ingresos por menos de 24 UIT (97,200).
El valor de la UIT vigente para 2017 era de 4,050 soles y para el 2018 se ha incrementado a 4,150 soles.
Sanciones
De otro lado, la socia de impuestos de E&Y señaló que la sanción pecuniaria por no tener los libros electrónicos a los contribuyentes que están obligados es del 0.6% de los ingresos netos, con un mínimo del 10% de una UIT hasta un máximo de 25 UIT.
Asimismo, indicó que en caso que la empresa fiscalizada no tenga los libros electrónicos requeridos, la Sunat puede establecer el pago de los impuestos sobre “determinación sobre base presunta” con la metodología que está en el código tributario y el aporte de impuestos podría ser mayor.
Finalmente, enfatizó la importancia del acompañamiento del área de sistemas en la implementación de los libros electrónicos, para lo cual deben estar capacitados en el tema tributario, sino “se complicarán los procesos” para el uso de los libros digitales.
Así lo manifestó durante la conferencia “Cambios Relevantes y Libros Contables Electrónicos y Sunat” entre otros temas relacionados a los precios de transferencia y el outsourcing contable.
(FIN) MDV / MDV
Publicado: 17/1/2018