Andina

Crean grupo de trabajo para implementar reorganización del MTC y Sutran

Es de naturaleza sectorial y temporal

Sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). ANDINA/archivo

Sede del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). ANDINA/archivo

13:43 | Lima, abr. 21.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), aprobó la creación de un grupo de trabajo temporal para implementar las medidas de reorganización del portafolio y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).

Así lo determinó a través de la Resolución Ministerial Nº 189-2024-MTC/01, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La norma establece la creación del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de la implementación de las acciones y medidas de reforma consignadas en el Informe Final de Acciones y Medidas de Reforma para la Reorganización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías” 


Conformación del Grupo de Trabajo


El referido Grupo de Trabajo está conformado por dos representantes del Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales preside el Grupo de Trabajo;  así como los titulares de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones; Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de Sutran; y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.

Los integrantes del Grupo de Trabajo sectorial desempeñan sus funciones de manera ad honorem. 

Los representantes del Despacho Ministerial se designan mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro del plazo de dos días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.


Funciones


El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

a) Desarrollar actividades que permitan la implementación de las recomendaciones del Informe Final de Acciones y Medidas de Reforma para la Reorganización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías.

b) Evaluar el marco normativo vigente y, en caso corresponda, proponer la actualización y/o modificación de los dispositivos normativos que regulan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías.

c) Otras que se consideren importantes para el cumplimiento de su objeto.



Secretaría Técnica


La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo sectorial está a cargo de la Oficina de Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

La Secretaría Técnica brinda apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo, para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto, propone el plan de trabajo, determina la frecuencia de las sesiones en coordinación con los integrantes del Grupo de Trabajo, lleva el registro de los acuerdos y custodia sus actas u otra documentación relevante para el cumplimiento de sus funciones.


Instalación


El Grupo de Trabajo sectorial se instala en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.


Colaboración, asesoramiento y apoyo


Para el cumplimiento de su objeto, el Grupo de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede convocar a representantes de los programas adscritos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como de los órganos de apoyo de dicha entidad y de los órganos de asesoramiento y de apoyo de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, a efectos que contribuyan con el cumplimiento de sus funciones a través de información, colaboración, asesoramiento, apoyo u opinión.


Plazo de vigencia


El Grupo de Trabajo se mantiene vigente hasta la culminación del plazo establecido para la reorganización señalado en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2024-MTC.

En un plazo de 15 días hábiles posteriores a la culminación del plazo de vigencia, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un Reporte dando cuenta de las acciones efectuadas.


Financiamiento


El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo sectorial se financia con cargo al presupuesto institucional autorizado a los órganos y entidades que integran el mismo, no irrogando recursos adicionales al Tesoro Público.


Publicación


Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal del Estado Peruano ( www.gob.pe ) y en la Sede Digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ( www.gob.pe/mtc ), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

La norma lleva la rúbrica del ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez Reyes Espejo.

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(FIN) NDP / MDV 
JRA


Publicado: 21/4/2024