Andina

ONPE: se entregaron copias de planillones porque no estaban bajo competencia jurisdiccional

19:01 |

Lima, may. 27 (ANDINA).- Los planillones del movimiento Code-Renovación se encuentran en la fase de investigación fiscal, y no bajo competencia jurisdiccional, razón por la cual se cumplió con la ley al entregar sus copias al congresista Jesús Alvarado, aclaró la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

   Lima, may. 27 (ANDINA).- Los planillones del movimiento Code-Renovación se encuentran en la fase de investigación fiscal, y no bajo competencia jurisdiccional, razón por la cual se cumplió con la ley al entregar sus copias al congresista Jesús Alvarado, aclaró la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

   De acuerdo a la Constitución y el Reglamento del Congreso, artículos 96 y 87 respectivamente, los congresistas tienen derecho a solicitar información a las entidades estatales, “salvo aquella que se encuentre bajo competencia jurisdiccional”, indica un comunicado de ese ente electoral.

   Agrega que es competencia jurisdiccional “un caso está en conocimiento del juzgado competente”, es decir, dónde existe un auto apertorio del juez especializado en lo penal, y no a nivel de investigación fiscal.

   “Actualmente, el caso relacionado con los planillones de firmas de adherentes del partido Code-Renovación se encuentra en la etapa investigatoria; vale decir, pre-jurisdiccional”, indica la nota.

   Añade que por ello “resulta pertinente brindar la información requerida por el congresista arriba mencionado”,

   Por ello la ONPE se ratifica en que la información brindada al congresista Alvarado se hizo a solicitud de éste y en cumplimiento de la Ley de Transparencia, tal como lo declaró su jefa nacional Magdalena Chú.

   Este comunicado de la ONPE se produce horas después que la Fiscalía de la Nación comprobara, mediante una diligencia de constatación, que los planillones originales de la agrupación Code-Renovación, del congresista Rafael Rey, se encuentran en la sede de la Onpe.

   (FIN) EGZ/GCO


Publicado: 27/5/2005