La Comisión Permanente del Congreso aprobó en la víspera el proyecto que modifica la Ley 28518, denominada Ley de Modalidades Formativas Laborales, y lo exoneró de una segunda votación. Estos son los aspectos más polémicos de dicha iniciativa.
- Bajo dicha modalidad el alumno de centros de educación técnico productiva y de institutos de educación superior tecnológicos accederá "a realización de experiencias formativas que consoliden y complementen su formación teórico práctica en aula, a través del desempeño de ciertas funciones en situaciones reales de trabajo".
- El aprendizaje se realizará mediante un convenio celebrado entre una empresa u organización y/o una institución educativa pública o privada y un alumno con matrícula vigente y en periodo de formación.
- La duración del mencionado convenio no podrá exceder un total de 448 horas distribuidas en un periodo máximo de tres años.
- La jornada formativa no será mayor a cuatro horas diarias o 20 horas semanales.
- Dicha disposición se sustenta en el hecho de que "las experiencias formativas se asocian a las unidades didácticas de aprendizaje fijadas en el plan de estudio de correspondiente a la carrera técnica de alumno beneficiado, como sucede en las pasantías" y por tratarse de un convenio formativo voluntario.
Ley que modifica la ley Nº 28518, ley de modalidades formativas laborales by Agencia Andina on Scribd
(FIN) VVS/CCR
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Publicado: 22/2/2018