El Banco Central de Reserva (BCR) aprobó elevar el límite de inversión en el extranjero de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hasta 50% a partir del 1 de setiembre de este año, a fin de diversificar las inversiones de estas instituciones.
Así lo estableció el ente emisor a través de la circular Nº 0027-2018-BCRP publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
El Directorio del BCR indicó que aprobó elevar el referido límite de inversión de las
AFP en instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior, a fin de promover una mayor diversificación de las
inversiones de las AFP.
Los porcentajes operativos máximos para los límites de inversión generales y el sublímite de instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano (en porcentaje del valor del Fondo), son los siguientes:
I. Límites de Inversión Generales
a. Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano 30%.
b. Instrumentos emitidos o garantizados por el Banco Central de Reserva del Perú 30%.
c. La suma de las inversiones a que se refieren los incisos a y b precedentes 40%.
d. Instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad económica mayoritariamente se realice en el exterior:
II. Sublímite
Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano:
• Bonos Brady 10%
La norma lleva la rúbrica del gerente general del BCR, Renzo Rossini Miñán.
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Publicado: 29/7/2018