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Ejecutivo aprueba nueva escala remunerativa para trabajadores del Inabif

También autoriza una bonificación excepcional de S/ 3,000 a favor del personal sujeto al régimen del DL N° 276

ANDINA/Difusión

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11:12 | Lima, jul. 20.

El Poder Ejecutivo aprobó la nueva escala remunerativa de los trabajadores del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif) sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728.

Mediante Decreto Supremo N° 226-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se indica que esta medida tiene carácter transitorio hasta la implementación del régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, la misma que debe culminar como máximo en junio del 2020.




La norma también establece otorgar de manera excepcional y por única vez en julio del presente año, una bonificación de 3,000 soles a favor del personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 276 del Inabif.

Dicha bonificación no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni pensionable y no está sujeta a cargas sociales, además no constituye base de cálculo para el reajuste de los bonos que establece el Decreto Supremo N° 051-91-PCM, para la compensación por tiempo de servicios (CTS) o cualquier otro tipo de bonificaciones, asignaciones o entregas.

Para recibir esta bonificación, el personal debe tener vínculo vigente con la entidad a la fecha de entrada en vigencia de este decreto. Además, tiene que prestar servicios efectivos a favor de la entidad, en uso del descanso vacacional, de licencia con goce de remuneraciones o percibir los subsidios a que se refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

La implementación de lo establecido en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional del Inabif y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.


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(FIN) CNA

Publicado: 20/7/2019