Por ley, los colegios están impedidos de cobrar a los padres de familia por conceptos de rifas, sorteos, bingos o "cuotas" por el Día de la Madre y Día del Padre, todos los cuales son requerimientos irregulares, advirtió el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
"Cualquier padre de familia puede abstenerse de hacer ese tipo de aportes", manifestó
Rocío Llanos, funcionaria de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi, al programa
Andina al Día de la
Agencia Andina.
Dijo que este tipo de cobros disfrazarían un incremento en el monto de la pensión y que no ha sido previsto por los padres de familia. "Esto podría tener un impacto negativo en la economía familiar; por ese motivo, en ningún caso se encuentran permitidos estos pagos".
Los únicos cobros autorizados por parte de los proveedores del servicio educativo privado son la cuota de ingreso, cuando se trata de estudiantes nuevos; matrícula y pensión mensual, precisó.
"Las instituciones educativas privadas solo deben cobrar la cuota de ingreso, por una única vez, cuando el alumno es nuevo en el colegio; la matrícula, que es un pago anual y no debe ser mayor a la pensión; y la pensión mensual, que no deberá cobrarse de forma adelantada", recordó.
Debe indicarse que el
Decreto de Urgencia 002-2020, publicado en enero último en el Diario Oficial
El Peruano, establece las medidas adoptadas por el Gobierno para luchar contra la informalidad en la prestación de los servicios educativos de educación básica de gestión privada y su fortalecimiento. Allí se señala, también, que están prohibidos los pagos ya mencionados.
El Indecopi y el Ministerio de Educación (Minedu), a través de Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, desarrollan la campaña nacional "Al colegio con el Indecopi 2020", para fortalecer el conocimiento y cumplimiento de los derechos de padres y alumnos en los servicios que ofrecen los colegios privados.
Más en Andina
(FIN) JAM/RRC
GRM
Publicado: 13/2/2020