El Poder Ejecutivo reafirmó que la atención integral de un paciente con tuberculosis y su tratamiento son gratuitos y que se deben realizar por un equipo multidisciplinario de salud en todos los niveles de atención.
Así lo establece el Decreto Supremo 201-2016-SA, publicado en el diario oficial Elruano, que aprueba el Reglamento de la Ley 30287, Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú.
Entre otros puntos, el reglamento establece que este equipo multidisciplinario debe comprender la participación de un médico cirujano o médico neumólogo, un profesional en enfermería, un tecnólogo médico, un biólogo, un sicólogo y un profesional en trabajo social, entre otros especialistas.
La norma dispone, a su vez, que si la persona afectada por tuberculosis no cuenta con ningún seguro médico debe ser incorporado de inmediato al Seguro Integral de Salud (SIS) del Ministerio de Salud (Minsa).
Señala asimismo que el Estado promoverá la participación prioritaria de las personas afectadas por la tuberculosis en los programas estatales de inclusión social para mejorar su condición de vida en alimentación, acceso a empleo, a bonos habitacionales y a educación gratuita, entre otros.
En cuanto a los derechos de las personas afectadas por la tuberculosis, se señala que una vez que lo hayan solicitado, deben recibir en un plazo no mayor a 48 horas copia de su historia clínica y no mayor a 72 horas información sobre su proceso de atención y tratamiento.
En el ámbito laboral se señala, entre otros puntos, que en caso se compruebe que el despido de un trabajador ha sido motivado solo por ser una persona afectada por dicha enfermedad, se le considerará como despido nulo por ser un acto discriminatorio.
El Reglamento de la Ley 30287, Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú, precisa que, mediante norma técnica de Salud, se establece la atención integral de salud de las personas afectadas por tuberculosis, la misma que comprende promoción de la salud, prevención, el diagnóstico, tratamiento supervisado, control, seguimiento y rehabilitación de la persona afectada por tuberculosis, y su estricta aplicación en los establecimientos de salud públicos y privados.
En esa línea, indica que cada ministerio designará oficialmente a dos representantes para la formulación del Plan Nacional Multisectorial contra la Tuberculosis, que coordina y conduce el Minsa.
(FIN) LIT
JRA
Publicado: 16/5/2016