La Contraloría General de la República tendrá acceso directo, masivo, permanente e irrestricto a la información de las bases de datos de las entidades públicas bajo su ámbito.
Según el proyecto, los informes de una acción de control serán públicos luego de que la entidad sujeta a control haya sido notificada y los funcionarios supervisados.
Por otro lado, quedan impedidos para el cargo de contralor aquellas personas con sentencia firme por delitos de corrupción de funcionarios.
En lo concerniente a la infraestructura de la Contraloría, el proyecto dispone la creación de dos vicecontralorías cuyos responsables serán elegidos por el contralor general.
Igualmente, la máxima entidad del sistema de control recibe potestad para sancionar las responsabilidades administrativas funcionales e imponer sanciones derivadas de los informes emitidos.
Las sanciones estarán definidas en un reglamento, el cual deberá ser aprobado por la Contraloría en un plazo máxima de 90 días.
Otra de las disposiciones es que el personal de las Oficinas de Control Interno, que en la actualidad dependen de cada una de las instituciones, sujetas a supervisión, pasarán a formar parte de la Contraloría, para lo cual a esta institución se le transferirás los recursos económicos de dichas entidades de origen.
El presidente de la Comisión de Fiscalización, Rolando Reátegui, dijo que el texto sustitutorio también fue coordinado con los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, así como de la Contraloría General de la República.
(FIN) NDP/CCR
También en Andina
Publicado: 9/1/2018