El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó hoy el inicio de la primera temporada de pesca de anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), en el área comprendida entre los 16°00´LS y el extremo sur del litoral peruano, correspondiente al periodo de agosto a diciembre 2020.
Así mediante Resolución Ministerial (RM) 249-2020 de Produce, publicada hoy en el diario El Peruano, se establece que el inicio de la primera temporada de pesca regirá a partir de la 00:00 horas del 01 de agosto de este año.
Se dispone además que esta primera época de pesca concluirá una vez alcanzado el Límite Máximo Total de Captura Permisible de la Zona Sur (LMTCP-Sur) autorizado, o en su defecto, no podrá exceder del 31 de diciembre del 2020.
Se determina que la fecha de finalización de la primera temporada de pesca 2020 de la zona sur podrá modificarse en función a las condiciones biológicas-ambientales, previo informe del Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Límite máximo
Se establece que el límite máximo de captura del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) para consumo humano indirecto es de 435,000 toneladas para esta temporada de pesca.
Asimismo la norma dispone que sólo podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca
En el caso que las capturas de la flota anchovetera alcancen el límite máximo de extracción permitida, se finalizarán las actividades extractivas; sin perjuicio de establecer las responsabilidades administrativas y/o penales de los titulares de aquellas embarcaciones que hubiesen efectuado extracciones por encima de la cuota máxima de captura asignada por embarcación en la zona sur.
Actividades Extractivas
La norma determina que en el desarrollo de las actividades extractivas sólo operarán las embarcaciones pesqueras que tengan permiso de pesca vigente para el recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus).
Asimismo se deberá emplear redes de cerco con tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 milímetros); efectuar operaciones de pesca fuera de las zonas reservadas para la pesca artesanal y de menor escala, según las normas vigentes.
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(FIN) MMG
Publicado: 28/7/2020