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Aprueban ley que crea Sistema de Inteligencia Nacional y Dirección Nacional de Inteligencia

22:41 |

Lima, jun. 23 (ANDINA).- El pleno del Congreso de la República aprobó hoy la ley que crea el nuevo Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) como entes rectores del país en este campo.

   Lima, jun. 23 (ANDINA).- El pleno del Congreso de la República aprobó hoy la ley que crea el nuevo Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) como entes rectores del país en este campo.

   La norma, que consta de 36 artículos, seis capítulos, nueve disposiciones complementarias, cinco transitorias y dos finales, fue aprobada por 65 votos a favor, 5 en contra y 10 abstenciones.

   Según el texto aprobado, el objetivo del nuevo sistema de inteligencia es que exista mayor control por parte de las autoridades sobre estos organismos, de manera que su labor no viole los derechos fundamentales de los peruanos.

   Por ejemplo, se menciona que operaciones especiales como la interceptación telefónica o de correos electrónicos deberán contar con autorización de dos vocales superiores del Poder Judicial.

   La ley crea además la Comisión de Inteligencia del Congreso, que estará integrada por no menos de cinco ni más de siete legisladores elegidos de acuerdo a la proporcionalidad de las bancadas.

   Estos congresistas tendrán facultades para sesionar de manera reservada e incluso para exigir que otros congresistas no accedan a sus sesiones, de modo que se asegure la confidencialidad.

   Entre los requisitos exigidos para ser director del Sistema Nacional de Inteligencia se encuentran ser especialista en seguridad y desarrollo, tener más de 40 años, ser militar en retiro, tener título profesional universitario y maestría, y no tener ningún cargo político o partidario.

   El director será nombrado por el presidente de la República, y ya no será ratificado por el Congreso como proponían algunos sectores, por considerar que el cargo no tiene rango constitucional.

   La norma detalla que la información confidencial que emita el SINA será de conocimiento público después de 10 años; sin embargo, la información reservada será desclasificada después de 15 años y la secreta después de 20 años.

   Sólo invocando y fundamentando interés nacional o público se podrá solicitar la desclasificación de la información antes de vender el plazo respectivo, agrega la ley aprobada.

   Finalmente, la información que obra en manos del SINA será dada a conocer a presidente de la República y al presidente del Consejo de Ministros.

   (FIN) EGZ/RRC


Publicado: 23/6/2005