Andina

Niegan que el TC haya fijado que procede la vacancia presidencial por “demérito político”

16:34 |

Lima, may. 18 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) nunca ha emitido un fallo que establezca de manera clara y puntual que se puede plantear la vacancia presidencial por “demérito político”, aclaró hoy el magistrado de este organismo, Víctor García Toma.


   Lima, may. 18 (ANDINA).- El Tribunal Constitucional (TC) nunca ha emitido un fallo que establezca de manera clara y puntual que se puede plantear la vacancia presidencial por “demérito político”, aclaró hoy el magistrado de este organismo, Víctor García Toma.

   “No hay ninguna sentencia sobre la materia. No se ha emitido un fallo que de manera específica y directa haya tratado el tema. Todo lo demás son especulaciones e interpretaciones”, señaló.

   Según Edgar Villanueva, presidente de la comisión que investigó la presunta falsificación de firmas, la vacancia presidencial procede cuando el mandatario incurre en faltas que constituyen “demérito político”, hecho que constaría en un supuesto fallo del TC.

   García Toma dijo que no existe una sentencia que haga referencia específica a la figura del supuesto “demérito político”.

   “Dudo mucho que se pueda utilizar exprofesamente un fallo del tribunal sobre la materia porque no ha habido un pronunciamiento”, manifestó el magistrado a la agencia Andina.

   Refirió que el único fallo que ha emitido este organismo es la exhortación que hizo al Congreso a fin de que se establezca la mayoría calificada para declarar la vacancia del Presidente de la República.

   “Antes para declarar la vacancia de los funcionarios públicos como el Defensor o los integrantes del tribunal constitucional se requería de mayoría calificada, mientras que para declarar la vacancia del presidente era necesario solo mayoría simple. Esta era una regla poco razonable”, señaló.

   Dijo que por ello el TC hizo una exhortación al Parlamento a fin de que modifique y eleve a 80 el número de votos requeridos para declarar la vacancia presidencial, lo cual se ha efectuado.

   “Ese es el único caso en el que se roza la figura del presidente, después no hay ningún otro fallo”, subrayó.

   Sostuvo, en consecuencia, que la figura del “demérito político” es una argumentación del congresista Edgar Villanueva.

   “Él (Villanueva) puede haber recogido algún argumento de alguna sentencia y sobre esa base ha construido una teoría, eso será evaluado por el Congreso. Pero no es un argumento que de manera exprofesa, consciente y directa haya llevado a cabo el Tribunal Constitucional”, añadió.

   (FIN) DCE/GCO


Publicado: 18/5/2005