La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la multa impuesta a la empresa Capri Internacional S.A. por actos de competencia desleal.
Según el órgano supervisor, la empresa infringió la cláusula general de la Ley de Represión de la Competencia Desleal (Decreto Legislativo N° 1044), establecida en el artículo 6 de dicha norma.
Como se sabe, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi sancionó, en primera instancia, a la empresa Capri Internacional S.A., por cometer actos de competencia desleal bajo la modalidad de infracción a la cláusula general establecida en el artículo 6 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Respecto de la infracción a la cláusula general, la CCD determinó que Capri Internacional S.A. comercializó el producto denominado “Sticker álbum Original World Cup Rusia 2018” (3 Reyes) sin contar con las autorizaciones respectivas.
Ello es contrario a las exigencias de la buena fe empresarial que deben orientar la concurrencia en el mercado.
Decisión de la Sala
Luego de la apelación presentada por Capri Internacional S.A., la SDC emitió la Resolución N° 086-2019/SDC-Indecopi, en la que confirmó la resolución de primera instancia, en el extremo vinculado a la infracción a la cláusula general.
La SDC sustentó su decisión en el hecho de que la referida empresa comercializó el álbum denominado “Sticker álbum Original World Cup Rusia 2018” sin contar con las autorizaciones -de los jugadores, de sus asociaciones u otro a quien éstos hubieran cedido sus derechos para la explotación comercial de su imagen.
En ese sentido, y considerando el alcance, modalidad e impacto del hecho infractor, la SDC confirmó la resolución que sancionó a Capri Internacional S.A. con una multa ascendente a los 240 UIT (unidades impositivas tributarias), por la infracción a la cláusula general.
Cabe indicar que la SDC es un órgano que pertenece al área resolutiva de la institución y está integrada por profesionales independientes que resuelven los casos según su conocimiento especializado y conforme al marco legal vigente.
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(FIN) RGP/RGP
Publicado: 17/5/2019