El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), estableció el tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2019, en 3.359 soles por dólar, para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que lleven su contabilidad en moneda nacional.
Asimismo, aplica para quienes mantengan vigentes contratos de garantías y medidas de promoción a la inversión en la actividad minera suscritos antes del 01 de octubre del 2011
Así lo estableció el MEF en la Resolución Ministerial 026-2019-EF/15, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
Los rangos de regalías establecidos en el artículo 5 de la Ley 28258, Ley de Regalía Minera convertidos a moneda nacional son los siguientes:
Primer rango (1 %):
Hasta 201 millones 540,000 soles
Segundo rango (2 %):
Por el exceso de 201 millones 540,000 soles hasta 403 millones 080,000 soles
Tercer rango (3%):
Por el exceso de 403 millones 080,000 soles
La norma también establece que el tipo de cambio de referencia y los rangos aprobados mediante la presente resolución ministerial pueden ser actualizados durante el ejercicio, en los meses de abril, julio y octubre.
“Siempre y cuando la variación del tipo de cambio promedio ponderado del trimestre anterior sea igual o superior al cinco por ciento (+ 5%), de acuerdo a lo señalado en el artículo 6 del Reglamento de la Ley 28258 – Ley de Regalía Minera, aprobado por el Decreto Supremo 157-2004-EF”, precisó el MEF.
La norma lleva la rúbrica del ministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva Neyra.
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JRA
Publicado: 27/1/2019