Andina

Será feriado en Trujillo y Puerto Maldonado por visita del Papa Francisco

El viernes 19 en Puerto Maldonado y sábado 20 en Trujillo

Será feriado en Trujillo y Puerto Maldonado por visita del Papa Francisco.

12:15 | Lima, ene. 12.

El viernes 19 de enero será feriado no laborable compensable en la ciudad de Puerto Maldonado, y el sábado 20 de enero en Trujillo, con ocasión de la visita del Papa Francisco al Perú. La medida es aplicable a los sectores público y privado.


Mediante un decreto supremo, publicado en noviembre pasado en el suplemento de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se justifica esta declaratoria en la necesidad de dar facilidades al público que desee asistir a los eventos multitudinarios y reuniones conexas que el Papa Francisco realizará en ambas ciudades.

Puerto Maldonado (Madre de Dios) y Trujillo (La Libertad) son, junto a Lima, las ciudades que visitará el Papa Francisco durante su visita que realizará al Perú entre el jueves 18 y el domingo 21.

El objetivo de estos feriados sería garantizar el desplazamiento y la seguridad de las personas durante el paso del Papa Francisco por el Perú.


“La visita de Su Santidad al Perú después de tres décadas constituye un acontecimiento de gran relevancia a nivel nacional y regional”, se detalla en la norma.

Se espera una gran movilización de personas de diversas regiones del país hacia Puerto Maldonado y Trujillo para participar de las actividades que encabezará el Papa Francisco en dichas ciudades.

Compensación de horas


Según el decreto, en el sector público, las horas dejadas de laborar se compensarán en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.


En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma en que se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. Sin embargo, a falta de acuerdo decidirá el empleador.

La recuperación de horas se sujetará a parámetros de razonabilidad no afectará el descanso semanal obligatorio del trabajador.

En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas podrá ser mayor al periodo dejado de laborar.


(FIN) MAO

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Publicado: 12/1/2018