seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerio de Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Educación, Ambiente, Interior, Defensa, Mujer y Poblaciones Vulnerables, y de Desarrollo e Inclusión Social; además de otras instituciones públicas y privadas involucradas, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas
en los estudios técnicos de las entidades competentes.
La medida se sustenta en el informe técnico presentado por Indeci que afirma que dada la magnitud de la situación
identificada por impacto de daños causados ante la contaminación de agua para consumo humano; y, habiéndose identificado acciones pendientes de culminar, principalmente en lo correspondiente a continuar con la implementación de soluciones temporales de aprovisionamiento de agua apta para el consumo humano en las localidades de Pacora, Pueblo Viejo, Puente Machuca, La Victoria y Las Juntas Altas y Bajas, se hace necesario continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción necesarias, de rehabilitación que correspondan.
La norma subraya que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados.
El presente decreto supremo lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti; y es refrendado por la
presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; y por los ministros de Salud, Oscar Ugarte; de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Solangel Fernández; Educación, Ricardo Cuenca; Ambiente, Gabriel Quijandría; Interior, José Elice; Defensa, Nuria Esparch; Mujer y Poblaciones Vulnerables, Silvia Loli; y Desarrollo e Inclusión Social, Silvana Vargas.