Bono Electricidad: otorgan más de S/ 148 millones para usuarios vulnerables
Recursos se destinan a favor de empresas distribuidoras eléctricas, señala Minem

Electricidad. Foto: ANDINA/Difusión
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) autorizó hoy la transferencia de hasta 148 millones 946,130 soles a favor de las empresas distribuidoras de electricidad para la aplicación del Bono de Electricidad en beneficio de usuarios residenciales en situación vulnerable.
Publicado: 5/3/2023
Mediante resolución ministerial (RM) 091-2023 Minem/DM, publicado hoy en el diario El Peruano, se aprobó esta cesión de recursos monetarios.
Se establece que la entrega financiera se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del pliego 016: Minem, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central.
Se dispone la publicación de la presente RM hoy en el portal institucional del Minem (http://intranet.minem.gob.pe/) y en la plataforma digital única del Estado peruano (www.gob.pe).
En los considerandos de la norma se señala en el artículo 1 de la Ley 31688 que tiene por objeto crear el mecanismo de subsidio monetario, temporal y excepcional, denominado Bono Electricidad, para ser aplicado en favor de los usuarios residenciales categorizados, que se consideran para estos efectos en situación vulnerable.
La Ley 31688 crea el Bono Electricidad en favor de los usuarios residenciales categorizados del servicio público de electricidad.
Se menciona que según el artículo 2 de la Ley 31688, a través de la aplicación del mecanismo de subsidio monetario Bono Electricidad, se tiene por fin brindar condiciones orientadas a garantizar el acceso de los usuarios residenciales categorizados al servicio público de electricidad y la continuidad del suministro regular de este servicio.
De acuerdo al numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley 31688, se establece el mecanismo de subsidio monetario Bono Electricidad para otorgar un bono único temporal y excepcional en favor de los usuarios residenciales categorizados que permita cubrir los montos de los recibos por el servicio público de electricidad que se registren por los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la presente ley.
Asimismo, el numeral 3.2 del citado dispositivo legal señala que el Bono Electricidad consiste en el otorgamiento, excepcional, temporal y por única vez, de un subsidio monetario para suministro eléctrico de hasta un monto de 30 soles, distribuidos entre tres recibos de servicio eléctrico de hasta 10 soles, en favor de los usuarios residenciales categorizados según los literales a), b) y c).
Cabe destacar que la citada Ley se oficializó el 15 de febrero de este año, a través de su publicación en el diario El Peruano.
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(FIN) MMG
JRA
Publicado: 5/3/2023
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