Sunat establece nuevos supuestos para inscribir en el RUC a personas naturales
Se espera la inscripción de oficio de más de 130,000 contribuyentes

Jefe de la Sunat ,Gerardo López Gonzales, explica las nuevas medidas para ampliar la base de contribuyentes. Foto: Cortesía.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), publicó en su portal web un proyecto de resolución que establece nuevos supuestos para que las personas naturales se inscriban en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
Publicado: 19/6/2024
Asimismo, las sucesiones indivisas que por el tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad o por el tipo o valor de los servicios, deben incorporarse en dicho registro, indicó el jefe de la Sunat ,Gerardo López Gonzales.
Así, se propone que deben inscribirse en el RUC quienes se encuentren en alguno de estos supuestos:
1) Sean propietarios de cinco o más predios cuyo valor en conjunto no superen las 126 UIT;
2) Sean propietarios de acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras cuyo valor en conjunto supere las 100 UIT;
3) Haber realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que por año superen las 10 UIT; o,
4) Hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y la suma de los saldos de estas cuentas supere las 300 UIT.
2) Sean propietarios de acciones o participaciones en sociedades peruanas o extranjeras cuyo valor en conjunto supere las 100 UIT;
3) Haber realizado adquisiciones de bienes sujetos a percepciones del IGV que por año superen las 10 UIT; o,
4) Hayan percibido intereses por depósitos en cuentas de empresas del sistema financiero y la suma de los saldos de estas cuentas supere las 300 UIT.
Estos supuestos deben ser verificados al 31 de diciembre del año que corresponda, siendo que la inscripción debe efectuarse hasta el último día hábil de enero del año siguiente.
Cabe precisar que la Sunat está facultada para inscribir de oficio en el RUC a aquellos que, debiendo inscribirse de acuerdo con lo dispuesto en esta propuesta normativa, no cumplan con hacerlo en el plazo antes indicado.
De otro lado, también se plantea que deben inscribirse en el RUC aquellos que han realizado actos ante entidades financieras y de seguros, como solicitar créditos comerciales cuyo monto excede las 10 UIT, así como la contratación del SOAT por personas naturales cuando se trata de vehículos de carga pesada de las categorías N2 y N3. Para realizar ambos actos se exigirá RUC.
Esta propuesta forma parte de las acciones emprendidas por la Sunat para impulsar la ampliación de la base tributaria, mejorar el cumplimiento y luchar contra la evasión. Se espera la inscripción de oficio de más de 130,000 contribuyentes.
En el siguiente link se encuentra más información: Proyecto de Resolución
Los interesados pueden enviar sus comentarios y sugerencias a lsoto@sunat.gob.pe hasta el 23 del presente mes.
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Foto: ANDINA/Eddy Ramos pic.twitter.com/zG7NZqVxTZ
(FIN) NDP / MDV
Publicado: 19/6/2024
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