Un debate para incorporar al ordenamiento jurídico peruano la pena de muerte por delito contra la libertad sexual demoraría alrededor de seis años y requeriría de una reforma constitucional y del Código Penal, indicó el abogado penalista Luis Lamas Puccio.
Al explicar las razones por las cuales hasta el momento ese tema no ha podido aprobarse, precisó que la Constitución Política de 1993 establece en el artículo 140 que
la pena de muerte sólo puede aplicarse por
el delito de traición a la patria en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte obligada.
En ese sentido, el especialista explicó que para aplicar esta sanción tendría que modificarse la Constitución a fin de ampliar la aplicación de la pena de muerte a otro tipo de delitos.
Asimismo, Perú tendría que denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos ante la Organización de Estados Americanos (OEA), lo cual tomaría alrededor de otros dos años.
No obstante, Perú ratificó en 1978 la Convención Americana de Derechos Humanos, también conocido como
Pacto de San José, que menciona en su artículo 4 que “nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
Lamas Puccio explicó que también tendría que desarrollarse todo un marco legislativo interno para modificar el Código Penal.
Además, indicó, si es que logra hacerse todas estas modificaciones, recién podría llevarse a cabo un juicio por un delito de esta naturaleza, el cual demoraría un promedio de otros dos años.
En tal sentido, en la práctica se estaría hablando de entre cinco a seis años para poder incorporar la pena de muerte a los delitos contra la libertad sexual.
“Estas leyes no se podrían aplicar de manera retroactiva, esto en la práctica implicaría una manipulación de la opinión pública durante cinco o seis años”, indicó.
(FIN) JCR/CCR
JRA
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Publicado: 31/10/2017