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BCR mantiene tasa de interés de referencia en 3% para julio

19:01 |

Lima, jul. 07 (ANDINA).- El directorio del Banco Central de Reserva (BCR) aprobó hoy mantener la tasa de interés de referencia para el mercado interbancario en tres por ciento durante el mes de julio.

   Lima, jul. 07 (ANDINA).- El directorio del Banco Central de Reserva (BCR) aprobó hoy mantener la tasa de interés de referencia para el mercado interbancario en tres por ciento durante el mes de julio.

   Asimismo, en el marco de la aprobación de su Programa Moneterio para julio dispuso mantener las tasas de interés de las operaciones activas y pasivas del ente emisor.

   De este modo, la tasa de interés de las operaciones de compra directa temporal de títulos valores y de los créditos de regulación monetaria se mantienen en 3.75 por ciento. La tasa de interés de los depósitos overnight sigue en 2.25 por ciento.

   Para esta decisión se ha considerado que el Indice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana se incrementó en 0.26 por ciento en junio, con lo que la tasa de inflación de los últimos doce meses disminuyó de 1.8 por ciento en mayo a 1.5 por ciento en junio, en línea con la evolución prevista en el Reporte de Inflación de mayo.

   Este último nivel corresponde al límite inferior del rango para la meta de inflación (1.5 por ciento).

   También se consideró que para este año se mantienen las previsiones sobre la evolución de la inflación publicadas en el Reporte de Inflación de mayo último.

   La trayectoria de la inflación proyectada muestra que ésta se mantendría por algunos meses más alrededor del límite inferior del rango para la meta de inflación, antes de iniciar su convergencia hacia la meta, lo que se lograría durante el 2006.

   Se mantienen las principales previsiones macroeconómicas del Reporte de Inflación de mayo.

   Además, considera que la economía doméstica continúa creciendo a un ritmo sostenido y se estima que la actividad económica se habría expandido a una tasa de alrededor de seis por ciento en el segundo trimestre y la proyecta en cinco por ciento para el 2005.

   Por otro lado, en caso que la tasa de interés en el mercado interbancario supere 3.75 por ciento, se aplicará a los créditos de regulación monetaria y a las operaciones de compra directa temporal de títulos valores la tasa de interés del mercado interbancario.

   De otro lado, las tasas de interés para las siguientes operaciones en dólares entre el BCR y el sistema financiero son, créditos de regulación monetaria: Libor a un mes más un punto porcentual; depósitos overnight: Libor overnight menos 3/8 de punto porcentual.

   De igual modo, establece que para el caso de compra temporal de dólares (swap) se mantiene la comisión en un nivel que implica un costo efectivo anual mínimo de 3.75 por ciento; los depósitos de encaje en moneda extranjera sujetos a remuneración de 2.25 por ciento.

   La sesión de directorio en que se aprobará el siguiente Programa Monetario (mes de agosto) será el 4 de agosto.

   (FIN) SDD/JPC


Publicado: 7/7/2005