De acuerdo a las nuevas facultades otorgadas, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Agricultura y Riego, inició más de 90 procedimientos administrativos sancionadores a consultores forestales por formular y/o suscribir planes de manejo con información falsa.
De ellos, un total de 29 procedimientos han culminado en primera instancia con resoluciones de sanción expedidas por el Serfor, entre los que se encuentran dos consultores forestales que participaron en la suscripción de planes de manejo involucrados en la embarcación Yacu Kallpa, intervenida en Loreto.
Uno de los consultores forestales tiene una multa total de 22 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Los procedimientos administrativos sancionadores se ejecutaron en el marco de la anterior Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 27308.
Al entrar en vigencia en octubre de 2015, la actual Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley N° 29763, con sus reglamentos, la figura de consultor forestal dejó de existir y fue reemplazada por la de regente forestal, que ahora no solo es responsable por la veracidad del contenido del plan de manejo, sino también de su implementación, junto con el poseedor del título habilitante.
Los consultores sancionados no podrán ejercer la regencia forestal, debido a que estarán impedidos de obtener la licencia correspondiente y, en el caso de contar con ella, se dispondrá su cancelación.
El Decreto Legislativo 1319, promulgado el pasado 5 de enero, otorgó al SERFOR la capacidad de sancionar a los consultores forestales, antes esta función específica, lo realizaban los gobiernos regionales, en su calidad de Autoridad Regional Forestal y de fauna Silvestre.
(FIN) NDP/CCR
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Publicado: 20/12/2017