Proyecto que elimina la inmunidad acabará con blindajes en el Congreso, dice Urresti

Congresista Daniel Urresti, vocero de la bancada Podemos Perú.
El proyecto de reforma constitucional que propone eliminar la inmunidad parlamentaria para delitos comunes cometidos en el ejercicio de la función congresal acabará con los blindajes en el Congreso, aseguró hoy el legislador Daniel Urresti, vocero de la bancada Podemos.
Publicado: 12/5/2020
“Se acabaron los blindajes a los que nos tenían acostumbrados los de la mayoría fujiaprista y sus socios durante el Congreso disuelto, a partir de la aprobación de esta propuesta legislativa habrá cero inmunidad antes y durante el mandato parlamentario”, indicó.
La bancada Podemos presentó ayer un proyecto de reforma constitucional que plantea modificar en forma parcial el artículo 93 de la Constitución Política del Perú, referido a esta prerrogativa parlamentaria.
De acuerdo con la iniciativa será la Corte Suprema la instancia con competencia exclusiva para ver los procesos penales por delitos comunes contra congresistas cometidos durante su mandato.
Urresti apuntó que esta iniciativa recoge el clamor de los peruanos que “exigen mano dura para combatir a los corruptos y delincuentes que se amparan en la inmunidad parlamentaria para no rendir cuentas a la justicia”.
El legislador refirió que este proyecto de reforma, al que han denominado cero inmunidad, es una iniciativas ambiciosa y marcará el inicio de una nueva etapa en la relación del Parlamento con la población.
“La población siempre ha asociado inmunidad con impunidad, eso se acabó”, puntualizó Urresti, tras recordar que esta iniciativa es una promesa de campaña electoral cumplida.
En la actualidad, la Constitución establece que los parlamentarios no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde el momento de su elección hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, por delitos flagrantes.
En caso de flagrancia, los legisladores detenidos son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las 24 horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento.
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Publicado: 12/5/2020
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