Puno: Serfor exhorta a la población de San Gabán evitar la caza del jaguar u otorongo

Felino silvestre está protegido por la legislación peruana e internacional

Ante el reporte de la aparición de un jaguar u otorongo (Panthera onca) en el distrito de San Gabán, en la región Puno, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) formuló un llamado a la población de esa localidad y de zonas aledañas, a no cazar ni capturar a este felino protegido por ley. ANDINA/Difusión

Ante el reporte de la aparición de un jaguar u otorongo (Panthera onca) en el distrito de San Gabán, en la región Puno, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) formuló un llamado a la población de esa localidad y de zonas aledañas, a no cazar ni capturar a este felino protegido por ley. ANDINA/Difusión

15:00 | Puno, ago. 1.

Ante el reporte de la aparición de un jaguar u otorongo (Panthera onca) en el distrito de San Gabán, en la región Puno, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) formuló un llamado a la población de esa localidad y de zonas aledañas, a no cazar ni capturar a este felino protegido por ley.

Según el reporte recibido en la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Puno, oficina desconcentrada del Serfor, un ejemplar de jaguar habría ingresado a un corral de animales domésticos.


Por ello, personal del Serfor realizó la constatación de este posible conflicto entre humanos y fauna silvestre; y efectuó la verificación de rastros y huellas del animal. A partir de las evidencias recogidas, especialistas del Serfor, con el apoyo de profesionales de las ONG Wildlife Conservation Society (WCS), Convive Perú y Procarnivoros, confirmaron preliminarmente que se trataría de un jaguar adulto.

Asimismo, para evidenciar registros recientes y monitorear el comportamiento de esta especie frente a las actividades humanas, se instalaron cámaras trampa automáticas en la zona de conflicto.

El Serfor precisó que en los años 2018 y 2019 se habría tenido reportes similares de la localización del jaguar en el mencionado distrito, en los sectores Nojonunta y Chaquimayo, respectivamente.


Sostuvo que la presencia de esta especie en algunos poblados se debe generalmente a la expansión de actividades humanas (establecimiento de poblados, crianza de animales de corral, agricultura migratoria, apertura de vías, entre otros), muchas de las cuales son desarrolladas de forma ilegal. Estas ocasionan la pérdida de los bosques que son el hábitat del jaguar.

En vista de ello es imprescindible que las actividades productivas y de infraestructura que se implementen en la selva puneña, por parte de instituciones y pobladores, sean realizadas de acuerdo a la normativa forestal y de fauna silvestre, afirmó el Serfor. 

Para ello, se debe solicitar las autorizaciones correspondientes, con el fin de minimizar los impactos que estas puedan generar en los bosques, precisó.


El jaguar es el felino más grande de América y habita en bosques con densa vegetación y cuerpos de agua. Es considerado como una especie paraguas porque ayuda a proteger a otras especies y los ecosistemas donde habita, por lo cual también beneficia a la gente que vive cerca de él.

El Serfor recomendó a la población realizar de mejor manera sus actividades pecuarias, así como la utilización de medios disuasivos para ahuyentar al jaguar y no intentar capturar o cazar a esta especie, porque es considerado como una infracción muy grave por la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y se sanciona con multas que fluctúan entre 0.1 y 5,000 UIT, determinadas según los criterios de gradualidad.

Sin perjuicio de las acciones penales que se pudieran dar, debido a que el jaguar es una especie protegida en nuestro país y en otros países donde se distribuye por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES). También se encuentra incluido en la Convención para la Conservación de las Especies Migratorias de Fauna Silvestre) que prohíbe la caza o captura de esta especie.


Asimismo, se encuentra categorizado como Casi Amenazado por la legislación nacional mediante el Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI. Por tanto, la caza, captura y venta de sus partes (piel, colmillos, cráneo, garras, etc.) está prohibida y sancionada por ley.

(FIN) NDP/LZD



Publicado: 1/8/2020