Sunat: personas naturales podrán regularizar rentas no declaradas nacionales y extranjeras
El beneficio estará vigente hasta el próximo 29 de diciembre

ANDINA/Difusión
Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales domiciliadas en el país podrán presentar hasta el 29 de diciembre del presente año la Declaración Jurada de acogimiento al Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta para que puedan declarar y/o repatriar e invertir en el país las rentas no declaradas generadas hasta el 31 de diciembre del 2022, de acuerdo con la Ley N° 32201.

Publicado: 23/12/2024
Sunat explicó que este beneficio contempla una tasa reducida del Impuesto a la Renta del 7% o 10%, en el primero de los casos aplica si el dinero se encuentra en el exterior y es repatriado, mientras que, en el segundo, corresponde al resto de ingresos que califiquen como renta no declarada.
- Sunat: ingresos tributarios se incrementaron 12.8% en noviembre de 2024
Los interesados en acogerse a este Régimen podrán presentar la declaración jurada a través de la Mesa de Partes Virtual de la Sunat. Para ello, utilizarán el formato Declaración Jurada del Régimen Excepcional del Impuesto a la Renta – Ley N° 32201, que podrán descargar del siguiente enlace.
La Sunat señaló que en dicho documento electrónico se consignará la información relacionada a las rentas no declaradas que serán acogidas.

Asimismo, el pago del impuesto se deberá realizar hasta el día de presentación de la declaración jurada, utilizando las opciones de débito en cuenta, tarjeta de crédito o débito o con el Número de Pago Sunat (NPS).
Con el acogimiento se entienden, entre otras, cumplidas todas las obligaciones tributarias del Impuesto a la Renta, correspondientes a las rentas no declaradas que fueron acogidas, no siendo aplicables sanciones ni el cobro de intereses moratorios devengados, vinculados a dichas rentas.
- Poder Ejecutivo reglamenta aplicación del ISC a apuestas deportivas por internet
La Sunat adoptará las medidas necesarias para mantener la confidencialidad de la identidad de los contribuyentes que presentan la declaración jurada, así como de la información proporcionada.
Para más información sobre este beneficio, los contribuyentes podrán ingresar al portal de la Sunat (www.sunat.gob.pe) o llamar a la Central de Consultas Telefónicas a los números 0-801-12-100 y (01) 315-0730.
Más en Andina:
De Chancay a Shanghái: nueva ruta de la seda que unirá Asia y Sudamérica. El puerto peruano se convertirá en hub regional y será un punto marítimo clave para el comercio https://t.co/1ahZ7WAio8
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) May 10, 2023
Por: ?Christian Ninahuanca pic.twitter.com/0Dh0KuZCRu
(FIN) NDP/CNA
Publicado: 23/12/2024
Las más leídas
-
Fonavi: herederos de fallecidos pueden cobrar aportes. Conoce aquí los requisitos
-
Beca Hijos de Docentes: este lunes 16 de junio vence el plazo para postular a convocatoria
-
Mincetur lanza concurso “Premio Nacional Amautas de la Artesanía Peruana 2025”
-
Día del Padre: 200 primeros papás entrarán gratis al Parque de las Leyendas el 15 de junio
-
¿Qué significa para Ollantaytambo obtener la Jerarquía 4 en turismo?, ¿Tiene otros logros?
-
India promete informe final sobre tragedia del vuelo AI171 en un plazo de tres meses
-
Trump dice que habló con Putin de Irán y le pidió el fin de las operaciones en Ucrania
-
Gobierno peruano llama al diálogo y a la solución pacífica en el Medio Oriente
-
Christian Cueva llegó a Guayaquil para ser presentado como nuevo jugador de Emelec
-
Claves del Sondor Raymi: ¿Dónde y cuándo se celebra esta fiesta?, ¿Qué se conmemora?