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Indecopi no ha intervenido al Club Universitario de Deportes

Designación del administrador concursal es facultad exclusiva de Junta de Acreedores

Sede central del Indecopi. Foto: ANDINA/Norman Córdova.

Sede central del Indecopi. Foto: ANDINA/Norman Córdova.

19:19 | Lima, set. 5.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) indicó hoy que el Club Universitario de Deportes se encuentra sujeto a un procedimiento concursal ordinario, conforme a la Ley General del Sistema Concursal.

En el marco de este procedimiento, la Junta de Acreedores, no el Indecopi, acordó la reestructuración patrimonial del club y designó para ello a un administrador concursal.

En ese sentido, el Indecopi desmiente que el Club Universitario de Deportes haya sido intervenido por la institución y asegura que la designación de una administración concursal es una facultad que, por ley, le ha sido atribuida exclusivamente a la Junta de Acreedores.

Además, informa a la ciudadanía lo siguiente:

1) Evolución de la situación concursal del Club Universitario de Deportes. 

Con Resolución Nº 2155-2012/CCO-INDECOPI, del 27 de marzo de 2012, se declaró el inicio del Procedimiento Concursal del Club Universitario de Deportes. Dicha situación fue publicada en el diario oficial El Peruano el 09 de abril de dicho año.

En sesión iniciada el 29 de enero de 2015 y continuada el 03 de febrero de 2015, la junta de acreedores designó a ‘Solución y Desarrollo Empresarial S.A.C.’ como administradora del club. En la referida sesión, la junta de acreedores no llegó a aprobar el plan de reestructuración, ni el sometimiento al Régimen Especial de Reestructuración.

Mediante Resolución  0830-2016/SCO-INDECOPI, de fecha 14 de julio de 2016, la Sala Especializada en Procedimientos Concursales declaró que el Club Universitario de Deportes varió del régimen concursal especial de los clubes deportivos, al cual estaba sometido de acuerdo con las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia  010-2012, al régimen concursal ordinario aplicándosele desde entonces las disposiciones contenidas en la Ley General del Sistema Concursal para el Procedimiento Concursal Ordinario.

En sesión del 20 de octubre de 2016, la junta de acreedores aprobó la reestructuración patrimonial del Club Universitario de Deportes y designó a ‘Consultoría de Finanzas Corporativas E.I.R.L.’, como administradora del Club.

El 23 de febrero de 2017, la junta de acreedores aprobó el plan de reestructuración propuesto por la administradora.

En reunión de junta de acreedores de fecha 07 de junio de 2017 se designó a Carlos Alberto Moreno Grández como nuevo administrador del Club Universitario de Deportes.


2)  Junta de acreedores decidió la reestructuración del club. 

Cabe reiterar que el Club Universitario de Deportes se encuentra sujeto a un proceso de reestructuración patrimonial, según el acuerdo adoptado por su junta de acreedores, desde el 20 de octubre de 2016, el cual se encuentra vigente. En ese sentido, el referido club no se encuentra sometido a un proceso de disolución ni liquidación.


3)  Comisión de Procedimientos Concursales evalúa supuesto déficit del 2017. 

Respecto de la supuesta falta de coincidencia en la cifra del ‘déficit’ del año 2017, dicha afirmación ha sido alegada por escrito por Sunat ante la Comisión de Procedimientos Concursales, lo cual se encuentra en proceso de evaluación.

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(FIN)  MDV / MDV

JRA 

Publicado: 5/9/2018