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Congreso: debaten iniciativas para modificar Ley de organizaciones políticas

ANDINA/Difusión

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16:59 | Lima, mar. 16.

La Comisión de Constitución y Reglamento debatió el dictamen de varios proyectos de ley que proponen modificar los artículos 24-A y 24-B de la Ley de Organizaciones Políticas, para uniformizar la exigencia del tiempo de afiliación y los criterios de designación directa para los candidatos a las elecciones regionales y municipales.

El referido documento fue debatido en la sesión virtual de hoy, dirigida por el congresista Carlos Almerí Veramendi (PP) en su condición de vicepresidente de dicha comisión.

Almerí dijo que la propuesta normativa pretende incorporar modificaciones en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas con la finalidad de garantizar un marco legal adecuado para la realización de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, bajo las condiciones de incertidumbre debido a la crisis sanitaria existente.

"A través de la modificación del artículo 24-A de la ley antes citada se incorpora la exigencia de un año de afiliación previa a la fecha de convocatoria de cualquier tipo de proceso electoral que involucre la realización de elecciones primarias para elegir a los candidatos de las organizaciones políticas con inscripción vigente", señaló.

Explicó que, en la norma actual, esa exigencia solo estaba prevista para las elecciones generales, lo que generaba imprecisión respecto al resto de procesos electorales contemplados en nuestra legislación sobre la materia.

"Con la modificación planteada al artículo 24-B de la misma ley se uniformizan los criterios para la designación directa de los candidatos que deseen participar en cualquiera de los procesos electorales previstos en nuestro marco legal", agregó Almerí.

Porcentaje 

Dijo que la norma actual hace referencia a un porcentaje (20 %) de candidatos que pueden ser designados o invitados directamente por los partidos políticos para participar en las elecciones congresales, sin necesidad de someterse a un proceso de elecciones primarias para validar dicha postulación.

“Con la presente propuesta normativa, ese mismo criterio se extiende a las listas de consejeros regionales y a las listas de regidores para las alcaldías provinciales y distritales, conocidas también como listas a los concejos municipales”, puntualizó.

De esta manera, las organizaciones políticas podrán reservar el uso de esa prerrogativa para conformar sus listas, independientemente del proceso electoral que haya sido convocado, lo que resulta un incentivo adecuado que equilibra las exigencias de pasar por un proceso de elecciones primarias abierto.

Finalmente, dijo se propone una excepción a la regla de afiliación ya descrita, únicamente aplicable a las elecciones regionales y municipales del próximo año.

Iniciativas

En otro momento, el congresista Rubén Ramos Zapana (UPP) sustentó el PL 5263, que propone modificar el artículo 61 de la Constitución Política.

Actualmente –dijo el legislador–dicho artículo señala que el Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios.

"En casos de emergencia o desastres naturales, el Estado vigila, controla y establece topes a los precios, así como sanciona a las personas naturales o jurídicas que se aprovechen de la circunstancia", agregó.

Subrayó que la propuesta no genera ningún costo al erario nacional, puesto que se trata de una norma de reforma constitucional y su aplicación será solamente en casos de emergencia y desastre natural, es decir, de forma excepcional.

(FIN) NDP/JCC/JCR

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Publicado: 16/3/2021