El Poder Ejecutivo promulgó la ley que prioriza la comercialización directa del guano de isla en favor del agricultor familiar, que había sido aprobada previamente por el Congreso de la República.
Mediante la Ley 31361, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se estableció orden de prioridad para la venta directa del guano de isla en favor del agricultor, para garantizar el crecimiento sostenido y la productividad de la agricultura familiar.
El dispositivo legal también dispone la modificación del artículo 4 de la Ley que crea el Proyecto Especial de Promoción del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas, quedando de la siguiente manera:
“Artículo 4. Funciones. Son atribuciones y funciones del proyecto especial las siguientes:
[...]
c) Comercializar el guano de isla y organizar su distribución en coordinación con las entidades competentes del sector agrario, considerando en primer orden de prioridad la comercialización hacia el agricultor familiar a escala nacional”.
Además, se señala que deben adecuarse las normas internas del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural (AgroRural) para la ejecución de la ley que prioriza la comercialización directa del guano de isla en favor del agricultor familiar en un plazo máximo de 30 días.
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(FIN) CNA/JJN