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MTPE crea cuatro grupos de trabajo con tres gremios empresariales y una central sindical

Para tratar temas sociolaborales

ANDINA/Difusión

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09:22 | Lima, jul. 11.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso la creación de cuatro grupos de trabajo con tres gremios empresariales y una central sindical con el objetivo de abordar y articular planteamientos referidos a temas sociolaborales de interés general y de alcance nacional.

Para ello publicó las resoluciones ministeriales correspondientes en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 

En primer lugar, está Resolución Ministerial N° 107-2024-TR, que crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo entre la Cámara de Comercio de Lima (CCL) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”. 


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Luego está la Resolución Ministerial N° 108-2024-TR, que crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo entre la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”. 

Sigue la Resolución Ministerial N° 109-2024-TR que crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo entre la Asociación de Exportadores (Adex) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”. 

También está la Resolución Ministerial N° 111-2024-TR, que crea el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo entre la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP) y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo”. 

Participación  


La norma precisa que el grupo de trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto.  


Para el cumplimiento de sus funciones, el grupo de trabajo puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas, así como la asistencia especializada de los órganos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quienes coadyuvan al cumplimiento de su objeto. 

Señala que la adopción es por mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los miembros del grupo de trabajo presentes en la sesión respectiva.  En caso de empate, el voto dirimente lo tiene el presidente del grupo de trabajo. 

Se establece que el grupo de trabajo tiene una vigencia de un año a partir de su instalación. Cumplido dicho plazo, el grupo de trabajo presenta un informe final con las recomendaciones pertinentes en concordancia con el objeto fijado. 

La norma aclara que la implementación de lo dispuesto en la presente resolución ministerial se financia con cargo al presupuesto de las instituciones representadas en el grupo de trabajo. 

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(FIN) SDD/JJN

Publicado: 11/7/2024