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Confirman prisión preventiva para “Cuellos Blancos del Puerto”

Para once investigados en este caso

ANDINA/Difusión

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17:13 | Lima, set. 5.

La Sala Penal Nacional de Apelaciones del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios confirmó la prisión preventiva por 36 meses dictada en primera instancia contra once investigados en el caso denominado “Los Cuellos Blancos del Puerto”.

La decisión está contenida en una resolución de 157 páginas emitida hoy por el colegiado presidido por la jueza superior Susana Castañeda Otsu e integrado por los magistrados Juan Guillermo Piscoya y Oscar Burga Zamora.
 
El fallo ratifica la medida dictada en primera instancia por el juez Manuel Chuyo Zavaleta contra el exfuncionario de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Onpe), José Cavassa Roncalla, así como los empresarios Antonio Camayo Valverde y Mario Mendoza Díaz.
 
También contra los procesados Gianfranco Paredes Sánchez, John Misha Mansilla, Nelson Aparicio Beizaga, Carlos Parra Pineda, Verónica Rojas Aguirre.

Además de Jacinto Salinas Bedón, Víctor León Montenegro y Juan Antonio Eguez Beltrán, todos presuntos integrantes de la presunta organización criminal.
 
El Ministerio Público les atribuye los presuntos delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho activo genérico, y haber operado en las instituciones del sistema de justicia.

Asimismo, el colegiado revocó la orden de encarcelamiento de Fernando Alejandro Seminario Arteta, a quien le impuso la medida de comparecencia con restricciones previo pago de una caución de S/ 50 mil.
 
A juicio del tribunal, la variación de la medida contra Seminario Arteta fue adoptada tras valorar su conducta procesal y por haber aportado “datos relevantes” para las investigaciones.
 
Seminario Arteta, según la sala, brindó información, que fue luego corroborrada, sobre los roles del expresidente de la Corte del Callao, Walter Ríos, su chofer Jhon Misha Mantilla, y de otros implicados.
 

El colegiado explica en su resolución que a Seminario Arteta debe imponérsele una medida menos grave, pues el peligro procesal fue debilitado debido a que la fiscal provincial no aportó los graves y fundados elementos de convicción que lo vinculen con el delito de organización criminal.
 
La medida de comparecencia con restricciones incluye las obligaciones de no ausentarse de la localidad que reside sin autorización judicial, informar cada quince días a la Fiscalía sobre sus actividades, así como la prohibición de comunicarse con los coimputados o personas vinculadas a la investigación. 
 
De acuerdo con la tesis de la Fiscalía, esta supuesta organización criminal operó para facilitar la resolución de los casos judiciales a favor de sus integrantes con el apoyo de una red externa conformada por abogados litigantes, empresarios y altos funcionarios del sistema de justicia.

(FIN) NDP/JCR

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Publicado: 5/9/2018