Lima, dic. 10 (ANDINA).- El Organismo Supervisor de Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) informó hoy que declaró improcedente el pedido de Lima Airport Partners (LAP) de cobrar una Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) a los pasajeros internacionales en transferencia.
El presidente de Ositran, Alejandro Chang, detalló que este cobro no se puede efectuar en el aeropuerto internacional Jorge Chávez debido a que no está considerado en el contrato de concesión de LAP.
"Ese documento solamente considera dos TUUA, para los pasajeros de vuelos nacionales y los internacionales", manifestó.
Sin embargo, reconoció que el contrato concede a LAP el derecho de cobrar un TUUA por pasajero embarcado en el terminal.
"Al fijarse solamente dos tasas se deja un vacío pues no se considera a los pasajeros en transferencia", comentó.
Explicó que a partir de la definición de los servicios que contemplaría para los pasajeros en tránsito, y de determinar una tarifa acorde, LAP puede solicitar previa sustentación que el tema se incluya en el contrato de concesión, lo cual significaría una nueva adenda.
Chang aclaró que no se trata de un servicio nuevo pero, si fuera así, Ositran tendría la potestad de establecer la tarifa correspondiente.
Mencionó que el concesionario del aeropuerto Jorge Chávez puede solicitar una reconsideración de la decisión tomada por el ente regulador, de lo contrario, puede pedir al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la modificación del contrato.
"Pero mientras este tema no figure en el contrato de concesión, no se podrá cobrar este impuesto", enfatizó el presidente de Ositran.
Refirió que la intención de LAP era cobrar a partir del primero de enero del 2005 una TUUA de 14 dólares a los pasajeros internacionales en transferencia que utilizan las instalaciones del aeropuerto Jorge Chávez.
(FIN) SDD / JPC - 10/12/04 17:47