Andina

Beneficio laboral: 2 millones 900,000 trabajadores ya tienen seguro de vida

Norma entró en vigencia el día de ayer con aprobación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo

Viceministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Augusto Eguiguren

05:30 | Lima, feb. 12.

Sonia Dominguez Dominguez

Una nueva cultura de cumplimiento de las normas sociolaborales es lo que promoverá el Gobierno a fin de asegurar la salud y la seguridad de los trabajadores, quienes no quedarán desprotegidos de ninguna forma, aseguró el viceministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Augusto Eguiguren.

Antes de la vigencia de la norma, solo un 20% de los trabajadores en planillas tenían el Seguro de Vida Ley, comentó el funcionario al Diario Oficial El Peruano.

–El lunes se publicaron dos decretos: uno aprobó el reglamento para la contratación del Seguro de Vida Ley desde el inicio de la relación laboral y el otro modificó el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, ¿estas medidas forman parte de una estrategia conjunta?

– Forman parte de una campaña de prevención que realizamos en todo el ámbito nacional, en la cual se prevé instaurar una cultura de cumplimiento de las normas sociolaborales.

Con el primer decreto supremo se le otorga cobertura al trabajador desde el primer día de relación laboral, tanto en el sector privado como en las entidades y empresas del sector público sujetos al Decreto Legislativo 728.

–¿Solo se consideran los nuevos contratos?, ¿qué pasará con aquellos trabajadores que ya estaban en planilla y que todavía no les correspondía el Seguro  de Vida Ley?

–Desde el 11 de febrero, todos los trabajadores deberán contar con un Seguro de Vida Ley, así tengan una semana de iniciada la relación laboral.

Con la extensión de este beneficio, pensamos llegar a coberturar a dos millones 900,000 peruanos aproximadamente.

–¿Cómo se asegurará el correcto cumplimiento de esta nueva disposición?

–Las empresas tienen 30 días para registrar en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estos contratos del Seguro  de Vida Ley. Asimismo, mediante la planilla electrónica, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) hará las verificaciones.

Evaluamos instalar en 15 o 20 días aproximadamente un aplicativo con la Sunafil para que el trabajador verifique directamente en su dispositivo si está en planilla y si ya cuenta con el Seguro de Vida Ley registrado. Igualmente, podrá dirigirse a la Dirección de Registros del MTPE para consultar la validez de su contrato de seguro.

–¿Qué sucede en el caso de que la empresa incumple y no toma un Seguro de Vida Ley para su trabajador y este fallece?

–En ese caso, la empresa tiene que asumir y pagar la cobertura que le concedía el Seguro de Vida Ley. 
Igualmente, la empresa es solidaria con las empresas tercerizadoras o intermediarias que no cumplan con sus trabajadores. El trabajador no se queda desprotegido de ninguna forma.

–En el caso de las mejoras en inspecciones laborales, ¿cuál es la principal innovación? 

–Con este decreto supremo queremos ser más disuasivos para que se cumplan las normas laborales. Se faculta al inspector laboral a aplicar una multa o el cierre temporal. Se puede paralizar una línea de producción si un trabajador del área fallece, al considerar que no se dan las condiciones para que siga operando. 

Se faculta, también, a cerrar el local ante un riesgo inminente que hace peligrar la vida de los trabajadores.

En cinco días se revisarán los criterios y en 30 días estarán los protocolos correspondientes para acotar esta potestad que tiene el inspector. El objetivo es que sea una decisión sustentada.

(FIN) DOP / WRR

Publicado: 12/2/2020