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¡Atención! Multarán hasta con S/ 17,200 a quienes efectúen llamadas malintencionadas

Norma publicada hoy en El Peruano también establece la suspensión del servicio telefónico

Foto: ANDINA/difusión.

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06:30 | Lima, set. 22.

Las personas que realicen comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información serán multadas hasta con 17,200 soles, equivalente a 4 UIT, según establece una norma del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

El Decreto Supremo 020-2020-MTC señala que, en caso de reincidencia, en cualquier estado de emergencia, se aplica como sanción en todos los escenarios la cancelación del servicio telefónico.

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La norma considera necesario modificar el Reglamento de Fiscalización y Sanción en la Prestación de Servicios y Actividades de Comunicaciones de Competencia del MTC, aprobado por Decreto Supremo 028-2019-MTC, publicado el pasado 26 de junio, tomando en cuenta las incorporaciones y modificaciones establecidas por el Decreto Legislativo 1479.


Las sanciones aplicadas a los infractores, y que tengan calidad de firmes o consentidas, se inscribirán en el Registro de Comunicaciones Malintencionadas a cargo de la Dirección de Sanciones en Comunicaciones (DSANC). Dicho registro es virtual y de acceso gratuito al público a través del portal del MTC.

El MTC indica que la iniciativa establece como medida preventiva la suspensión de la línea telefónica y el servicio de datos por 15 días calendario ante la realización de llamadas falsas o reiterativas.

A su vez, plantea una graduación de las sanciones dependiendo del tipo de llamada hecha (falsa, perturbadora o silente), teniendo en cuenta además si existe reincidencia en la conducta infractora.



Así, por ejemplo, para la primera llamada falsa que se realice, el MTC propone aplicar una multa que va desde S/ 8,600 hasta S/ 12,900. En caso de reincidencia podría cancelarse definitivamente la línea de telefonía e internet o aplicar una multa de hasta S/ 17,200, dependiendo de la gravedad del daño causado.

“Se está modificando el reglamento del Decreto Legislativo 1277 que sanciona la realización de comunicaciones malintencionadas. Esta medida contribuirá a disminuir el número de llamadas malintencionadas a las centrales y generará un uso más eficiente de recursos públicos para la atención de urgencias y emergencias”, destacó el director general de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, Ángel Paz.

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De acuerdo con reportes del sector, desde la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia covid-19 (marzo del 2020) hasta la fecha se han efectuado 35,698 comunicaciones malintencionadas, impidiendo la atención oportuna a ciudadanos en verdadera situación de peligro o que requieran de atención médica inmediata.

“Las comunicaciones malintencionadas obstaculizan el correcto funcionamiento de las centrales de emergencias, urgencias o información. Esta situación pone en peligro la vida y la salud de las personas, más aún en el presente estado de emergencia. Por ello exhortamos a los ciudadanos a recordar y poner en práctica la frase: ¡Libera una línea, salva una vida!”, sostuvo el funcionario del MTC.

La norma también dispone que los nombres de las personas sancionadas por llevar a cabo comunicaciones malintencionadas quedarán en un registro que podrá ser consultado por el público.

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(FIN) LIT
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Publicado: 22/9/2020