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Aprueban fraccionamiento para deudas con la Sunat de manera “excepcional”

Está dirigido a personas naturales y jurídicas que se acojan hasta el 20 de diciembre de este año

Sede de la Sunat. ANDINA

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18:49 | Lima, ago. 28.

En el Consejo de Ministros se aprobó una norma que permite el fraccionamiento de las deudas con la Sunat tanto de personas naturales como jurídicas, de manera “excepcional”, que se acojan a este beneficio hasta el 20 de diciembre de este año, señaló hoy el ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo.

Así lo señaló en conferencia tras su participación en el Consejo de Ministros en Palacio de Gobierno.

Refirió que durante mucho tiempo en el Tribunal Fiscal se han acumulado expedientes con reclamos de las empresas con un monto que llegó a los 26,000 millones de soles, y que resolver un expediente toma alrededor de nueve años.

Esto quiere decir, dijo el ministro Arista, que recién se ha comenzado a resolver expedientes de hace nueve a diez años. 

“Eso es, en verdad, es una administración de deuda, una administración tributaria muy poco eficiente, porque genera muchos problemas tributarios. En primer lugar, aquel que no quiere pagar, se va al Tribunal Fiscal y se parquea ahí por unos buenos años”, indicó. 

“En segundo lugar, genera dudas. Muchos inversionistas privados dicen, pero ¿cómo va a resolver el Tribunal? ¿Nos va a dar la razón o no nos va a dar la razón? ¿Cómo vamos a invertir en un país donde no se resuelven las cosas? Entonces, creemos que de esta manera estamos dando transparencia, al poner mayor ganas, énfasis e interés en resolver estos expedientes”, agregó.

Explicó que de los 26,000 millones de soles por reclamos en el Tribunal Fiscal, a la fecha ya se han resuelto 6,000 millones, por lo que ahora el nivel se ha reducido a 20,000 millones de soles.

“La idea es que a diciembre logremos llegar a resolver los otros 10,000 millones y nos quedarían 10,000 millones y a lo largo del próximo año resolveríamos 10,000 millones pendientes”, explicó. 

“Y nuestra meta es resolver los reclamos que llegan al Tribunal Fiscal en un plazo no mayor de nueve meses”, enfatizó.


Facilidades para el pago de deuda


Paralelo a este trabajo, el titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), señaló que se quiere entregar al contribuyente que ha enfrentado los problemas de la pandemia y no ha tenido liquidez para pagar sus deudas y que sus expedientes se encuentran en el Tribunal Fiscal, facilidades para sus pagos. 

Entonces, no queremos que ese contribuyente se sienta de alguna manera acorralado por las deudas tributarias, queremos darle un puente de plata también para que él se ponga a derecho”, dijo el ministro Arista. 

Explicó que este “puente de plata”, que es este fraccionamiento especial de la deuda tributaria, tiene las siguientes características.

En primer lugar, está dirigido tanto a personas naturales como a empresas, es decir, a personas jurídicas. 

El plazo máximo de acogimiento es hasta el 20 de diciembre del año 2024 y comprende un bono de descuento que se aplicará sobre los intereses y multas generadas en el incumplimiento del pago de las obligaciones. 

Eso significa que no afectará el monto del tributo insoluto de la deuda. Este beneficio va sobre los intereses y las moras y no va sobre el tributo insoluto.

El bono de descuento se establece en función al rango de la deuda y va desde el 100 %. 

“Esto es muy importante, desde el 100 por ciento hasta el 50 por ciento, en el caso de las multas y los intereses para los contribuyentes que decidan pagar al contado”, precisó. 

Asimismo, detalló que se establecen tres formas de pago. 

“Pago al contado, ya lo mencioné; el pago sumario, es decir, con una cuota de acogimiento y hasta tres meses para pagar el resto de la deuda; y el otro es un pago fraccionado, que va una cuota de acogimiento no menor al 10 por ciento hasta 72 cuotas de pago”, explicó.

“Es importante señalar que este mecanismo especial de fraccionamiento es excepcional, eso queda subrayado”, enfatizó. 

Refirió que este beneficio tributario o fraccionamiento tributario es excepcional y busca incentivar el cumplimiento de pago de las deudas tributarias.

“Pueden acogerse todas las deudas, las que están reclamadas, las que están apeladas, las que están en el Poder Judicial, las que están en el Tribunal Fiscal”, subrayó. 

De esta manera, dijo el ministro Arista, se busca promover que los contribuyentes que decidan pagar al contado de manera sumaria, tengan un incentivo, un beneficio.

“Lo que queremos decir es ponerse a ley que es el mejor beneficio en este caso, como administración tributaria también, evidentemente, después de que termine este plazo, vamos a comenzar a hacer una fiscalización mucho más activa”, puntualizó.

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(FIN) MDV / MDV 

Publicado: 28/8/2024
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