SBS sancionará a emisores de dinero electrónico sin depósitos en el BCR
Deberán mantener depósitos de disposición inmediata por el 100% del valor del dinero emitido

INTERNET/Medios
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) sancionará a los emisores de dinero electrónico que no mantengan depósitos de disposición inmediata o en el Banco Central de Reserva (BCR) por el 100% del valor del dinero emitido.
Publicado: 18/9/2023
La medida se oficializó a través de la Resolución SBS N° 03037-2023, publicada este lunes en el Diario Oficial El Peruano.
Dicha norma establece modificaciones al Reglamento de Operaciones con dinero electrónico.
En el caso de las empresas que incumplan con lo dispuesto, se considerará haber incurrido en una infracción grave.
Anteriormente, la norma sancionaba solo por no mantener fideicomisos por 100% del dinero electrónico en circulación.
También se ha modificado el Reglamento de operaciones con dinero electrónico con nuevas disposición para la constitución de las garantías.
En ese sentido, los emisores de dinero electrónico deben emplear una de las siguientes modalidades de garantía, o una combinación de éstas, sujetándose a las condiciones que establezca el BCR para respaldar el 100% del valor del dinero electrónico emitido:
a) Depósitos de disposición inmediata en empresas de operaciones múltiples clasificadas en la categoría A+, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento para la Clasificación de Empresas del Sistema Financiero y de Empresas del Sistema de Seguros. En caso la empresa de operaciones múltiples cuente con dos clasificaciones diferentes se debe tomar la más baja. Asimismo, tratándose de emisores que sean empresas de operaciones múltiples
que capten depósitos del público y que cumplan con el requisito antes señalado, estos depósitos pueden ser mantenidos en la propia empresa emisora.
b) Patrimonios fideicometidos cuya finalidad exclusiva sea respaldar a los tenedores de cuentas de dinero electrónico. Para dicho fin, los emisores de dinero electrónico, en calidad de fideicomitentes, deben constituir fideicomisos en empresas autorizadas para actuar como fiduciarios según la legislación vigente sobre la materia, diferentes del emisor de dinero electrónico. Asimismo, en el acto constitutivo de los fideicomisos, se deberá designar a un fiduciario sustituto y el procedimiento de sustitución en caso de quiebra o cuando opere otra causal de remoción de éste.
c) Depósitos en el Banco Central de Reserva del Perú bajo las condiciones que éste establezca.
Más en Andina:
?????? Estas son las normas legales más relevantes de hoy lunes 18 de setiembre de 2023 ??https://t.co/3eEf5v5mVE pic.twitter.com/uxIMpvBIlu
— Agencia Andina (@Agencia_Andina) September 18, 2023
(FIN) GDS
Publicado: 18/9/2023
Noticias Relacionadas
-
SBS aprueba normas complementarias para las derramas
-
SBS establece precisiones a créditos reprogramados en Reactiva Perú
-
SBS: Cajas y financieras deberán fortalecer patrimonios para próximas crisis
-
SBS modifica reglamento para la supervisión consolidada de conglomerados financieros
-
SBS detecta app móviles que brindan préstamos sin autorización de usuarios
Las más leídas
-
Elecciones 2026: ¿Cuál será el impacto de las redes sociales en los próximos comicios?
-
Feriados 2025: conoce aquí cuáles son los feriados largos de este año
-
¡Oportunidad única! Serpar subastará 159 terrenos en 9 distritos de Lima
-
Semana Santa en Omate: conoce claves de esta festividad y por qué es patrimonio cultural
-
Arequipa y sus espléndidos atractivos turísticos te esperan en el feriado por Semana Santa
-
Semana Santa en Arequipa: más de 10,000 turistas espera recibir el valle del Colca
-
Presidenta Boluarte: restricción para motocicletas busca prevenir extorsiones y sicariato
-
Mario Vargas Llosa: familiares y amigos le dieron el último adios al peruano más universal
-
Con gol de Paolo Guerrero, Alianza vence 1-0 a Garcilaso y acecha la punta de la Liga 1
-
Mario Vargas Llosa: cortejo fúnebre sale de su vivienda y será despedido en privado