El ingreso de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional a la provincia de islay, Arequipa, no afectará la vigencia plena de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por el país, precisa la norma que oficializa la medida.
La Resolución Suprema publicada en el Boletín Normas Legales del Diario oficial El Peruano, indica que la autorización de intervención de las Fuerzas Armadas será del 9 de mayo al 7 de junio para asegurar el control y el mantenimiento del orden interno y evitar actos de viiolencia.
Precisa también que la actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional, quien continúa a cargo del control del orden interno.
"La actuación de las Fuerza Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridades personales, la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, la tranquilidad y el adecuado funcionamiento de los servicios públicos", detalla la medida.
Buscará, asimismo, resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de la actividades de la población afectada, facilitando de ese modo que los efectivos policiales concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población de Islay.
"La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente resolución, no implica en modo alguno la restricción, suspensión, ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales sobre los derechos humanos de los que el Perú es parte", señala.
Esta medida, indica la resolución, se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095 que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
La norma, fechada el 8 de mayo, esta rubricada por el presidente Ollanta Humala; el Ministro de Defensa, Jakke Valakivi; y el ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe.
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Publicado: 9/5/2015