Andina

Prolongación de detención debe evaluarse caso por caso, según vocal supremo

18:22 |

Lima, dic. 12 (ANDINA).- El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, César San Martín Castro, dijo hoy que con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece los requisitos para prorrogar la detención preventiva en causas complejas, los jueces deberán evaluar caso por caso.

Lima, dic. 12 (ANDINA).- El presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, César San Martín Castro, dijo hoy que con la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que establece los requisitos para prorrogar la detención preventiva en causas complejas, los jueces deberán evaluar caso por caso.

Sostuvo que un juez, de modo general, para definir el plazo razonable de la detención toma en cuenta tres criterios: complejidad del proceso, actividad del órgano judicial y la actitud del imputado y su defensa.

Pero de acuerdo a la resolución del TC, la prolongación excepcional del mandato de detención superior a los 36 meses, sólo puede justificarse cuando se comprueba que la defensa o el acusado han utilizado maniobras dilatorias o actuado con mala fe procesal.

Remarcó que, según la sentencia del TC, ésta constituye criterio de observancia obligatoria para toda la judicatura, es decir para todos los procesos judiciales en general.

"A partir de este fallo, el juez tendrá que evaluar caso por caso para decidir si mantiene o no la detención preventiva del acusado", afirmó San Martín tras participar en Trujillo de un Pleno Jurisdiccional Nacional que analiza la problemática penal y penitenciaria.

En caso que no se presente el supuesto excepcional para prorrogar la detención como señala la ley, el juez debe dictar la inmediata libertad de la persona, sin perjuicio de establecer las medidas de seguridad para evitar la fuga, anotó.

(FIN) CPC/GCO / RES


Publicado: 12/12/2004