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Modificar arresto domiciliario no beneficiará a Margarita Toledo, asegura Sequeiros

20:13 |

Lima, ene. 17 (ANDINA).- El miembro de la Sala Anticorrupción “B” Iván Sequeiros descartó hoy que su propuesta para flexibilizar las condiciones del arresto domiciliario busque beneficiar a Margarita Toledo, hermana del presidente Alejandro Toledo, que cumple esta medida limitativa.

   Lima, ene. 17 (ANDINA).- El miembro de la Sala Anticorrupción “B” Iván Sequeiros descartó hoy que su propuesta para flexibilizar las condiciones del arresto domiciliario busque beneficiar a Margarita Toledo, hermana del presidente Alejandro Toledo, que cumple esta medida limitativa.

   El vocal rechazó las declaraciones del ex procurador anticorrupción Iván Meini, quien dijo que dicha propuesta tiene nombre y apellido.

   “Es una percepción errada (del ex procurador). De repente ha pensado que lo dije por la coyuntura que estamos viviendo, pero no es así. La propuesta para modificar las condiciones de arresto domiciliario fue presentada en un pleno jurisdiccional que se realizó el diciembre (2004) y no es un tema reciente”, manifestó Sequeiros.

   Explicó que la sugerencia fue rechazada por los magistrados que participaron en el pleno, que decidieron mantener las condiciones de la detención domiciliaria, es decir la vigilancia permanente de la policía.

   En conferencia de prensa, el magistrado no descartó que vuelva a presentar su planteamiento en un próximo pleno.

   Sequeiros manifestó que debía variarse las condiciones del arresto domiciliario por ser una medida limitativa más rigurosa que la detención efectiva.

   “La diferencia de ambas medidas es que una de ellas se cumple en un domicilio, pero igual estas detenido. Los que están detenidos tienen derecho a trabajar y si el arresto domiciliario es una medida menos grave que esa, entonces porque no pueden tener derecho a trabajar”, precisó el vocal.

   Indicó que el arresto domiciliario no debe contar con una vigilancia permanente de la policía, sino que el juez disponga rondas rotativas.

   “El juez debe dictar el arresto domiciliario en base de la confianza que le inspira el procesado, si cree que va a fugar entonces que ordene su detención”, indicó Iván Sequeiros.

   Además, señaló que el juez ordena la libertad de un procesado que cumple más de 36 meses de arresto domiciliario sin sentencia, ya que esta medida es considerada igual que la detención efectiva.

   Advirtió que varios de los investigados están pidiendo su libertad mediante la sumatoria del tiempo que han permanecido detenidos en el penal y en sus viviendas, entre los que mencionó el caso de Silvana Montesinos, a quien el tribunal la benefició con una orden de impedimento de salida del país.

   (FIN) RRA/RMR


Publicado: 17/1/2005