Los productores peruanos de arroz podrán exportar parte de su producción a Colombia exonerado del pago de impuestos, informó hoy el Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).
De este modo, el Ejecutivo formalizó uno de los principales acuerdos alcanzados en la Mesa de Diálogo con los gremios agrarios.
Para ello, se publicó el Decreto Supremo 038-2019-RE, que ratifica el “Acuerdo por intercambio de notas entre la República del Perú y la República de Colombia para el retiro de subpartidas arancelarias del arancel común establecido en el Anexo del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano – Colombiano de 1938”.
Impacto positivo
Con esta norma, los
productores de arroz podrán exportar libre del pago de impuestos el cereal, principalmente, al mercado colombiano.
El mencionado Decreto Supremo fue refrendado por el Presidente de la República, Martín Vizcarra y el ministro de Relaciones Exteriores, Nestor Popolizio.
La misma norma señala que el Ejecutivo da cuenta de la expedición del citado decreto al Poder Legislativo.
Así, el Gobierno da cumplimiento a la Ley 30978, que modifica la norma 28211, Ley que crea el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado y modifica el Apéndice I del Texto Único Ordenado del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo
En la citada disposición se establece que en los casos de
exportación de arroz pilado y los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 1006.20.00.00, 1006.30.00.00, 1006.40.00.00 y 2302.20.00.00, “no está afecta al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado”, sostiene la norma, que fue aprobada en el Congreso en el marco del “Pleno Agrario” del pasado 14 de junio.
Según información del Minagri, en el período de enero hasta el 11 de agosto de este año, el Perú exportó 28,000 toneladas de arroz, siendo los principales mercados Colombia (98 %) y Ecuador.
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(FIN) SDD
JRA
Publicado: 15/8/2019