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CTS: hoy vence el plazo para el depósito del beneficio

Empresas que no paguen serán multadas hasta con S/ 120,152

ANDINA/Difusión

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06:00 | Lima, may. 16.

Los empleadores tienen plazo hasta hoy (16 de mayo) para depositar la Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, tal y como lo estipula la norma vigente.

Para el depósito correspondiente a mayo del 2022, la fecha límite se ha corrido para el 16 de mayo, considerando que el último día tendría que ser domingo 15 de mayo, sin embargo, al ser un día inhábil el depósito puede efectuarse hasta el día hábil siguiente.

Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) se podrá multar a las empresas que no cumplan con depositar la CTS y el monto de la sanción dependerá del tipo de empresa y de la cantidad de trabajadores afectados.

En el caso de una pequeña empresa, el monto de la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), lo que oscila entre 2,070 y 20,700 soles; y, en el caso de las empresas no mype, el monto de la sanción va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los 7,222 y los 120,152 soles.

La CTS es un beneficio social entregado dos veces al año dentro de los primeros quince días de mayo y noviembre, cuyo fin es servir al trabajador de auxilio económico que le permita afrontar las consecuencias del desempleo.

Del mismo modo, los empleadores están obligados a entregar a cada trabajador una liquidación debidamente firmada dentro de los cinco días hábiles de haberse efectuado el depósito.

Los trabajadores que están excluidos de recibir la CTS son aquellos que realicen labores a tiempo parcial (part time), los que tienen convenios de Remuneración Integral Anual que incluyan este beneficio, aquellos que laboren para una microempresa acreditada en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype) o los trabajadores que perciben el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios.


Retiro de la CTS

En caso el trabajador decida retirar su CTS, debe comunicarlo por escrito a su empleador, para que éste le informe a la entidad financiera donde se encuentra depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros) precisando cuál es el monto que se podrá disponer libremente.

Conforme a la Ley 30334, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS que excede a cuatro sueldos que son intangibles (intocables, salvo por motivo de cese del trabajador), o que la ley así lo disponga.

Para determinar el monto intangible se debe considerar el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro. Por ejemplo, si el total depositado en el banco es 10,000 soles y el sueldo del trabajador es 1,500 soles, los cuatro sueldos equivalen a 6,000 soles y el exceso de libre disponibilidad será 4,000 soles.


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(FIN) CNA

Publicado: 16/5/2022