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Arévalo: jueces pueden no aplicar ley de organización criminal siempre que lo justifiquen

También habrá quienes sí la aplicarán y eso no debe ser motivo de reproche, señala titular del PJ

Presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo. ANDINA

Presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo. ANDINA

12:19 | Lima, ago. 29.

El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, sostuvo hoy que los jueces que decidan inaplicar la nueva ley referida al delito de organización criminal están haciendo uso de su función constitucional, siempre que justifiquen su decisión.

Sostuvo que son los jueces quienes deben determinar si se aplica o no la norma aprobada por el Congreso, y para eso usan su criterio, facultad que les da la Constitución, a fin de ver si contradice dicha normatividad o a los convenios internacionales.

No debe escandalizar en una democracia que un juez puede inaplicar la ley. Siempre que justifiquen, pueden inaplicarla”, afirmó.

En ese sentido, dijo que no se puede señalar que los jueces se están rebelando al no aplicar una norma.

Están ejerciendo su función constitucional. Habrá jueces que digan que ley es válida y la aplicarán, y eso no debe ser motivo de reproche. Si un juez dice que se aplica y que tal grupo no es organización criminal, que no se satanice; seamos claros en eso”, afirmó, en entrevista concedida a Exitosa.


En el mismo sentido se pronunció respecto a la ley que precisa los alcances de la lesa humanidad. Señaló que los jueces deberán ver en que casos concretos se aplica o no.

“De buenas a primeras no pueden decir no se aplica o si se aplica. Habrá casos en los que el juez, haciendo uso del control difuso, dice debo aplicarlo o no”, refirió

Precisó, sin embargo, que toda ley tiene presunción de constitucionalidad y corresponde aplicarla.

“Pero si se determina que no es institucional o contraría a convenios internacionales, deben inaplicarla”, afirmó.

En este caso, refirió que, al ser un tema jurisdiccional, la Corte Suprema no puede pronunciarse y decirle a los jueces si esta ley es constitucional o inconstitucional. Solo hay dos formas, dijo: el control difuso, que lo hace en juez en el caso concreto, y el control concentrado, que se hace a través del control constitucional.

Cuestiona propuesta congresal
De otro lado, el  presidente del Poder Judicial manifestó que la presidenta Dina Boluarte debe observar la ley sobre la creación de una comisión en el Congreso para fiscalizar la labor de jueces o fiscales, en caso sea aprobada por el Legislativo.

Si se aprueba esa ley, no debería promulgarla; debería observar ese proyecto y otros proyectos. Le pido que, de aprobarse ese proyecto de tal naturaleza, usted, presidenta, tiene la facultad constitucional de observarla; por lo tanto, ahí debería quedar”, afirmó.

En caso no suceda, el Poder Judicial utilizará herramientas legales para impugnar la norma, porque no es facultad del Congreso fiscalizar a los jueces, indicó.

En ese sentido, pidió al Parlamento aprobar leyes como las de flagrancia, de celeridad procesal y otras planteadas desde el Poder Judicial. 
En otro momento, Arévalo sostuvo que, para derrotar a la criminalidad, se necesita liderazgo y autoridad con convocatoria a todos los poderes del Estado, así como “leyes de excepción para tratar una situación de excepción, para que los criminales sean capturados, sentenciados con penas efectivas y necesitamos penales de alta seguridad”.

El juez supremo, además, resaltó que el Ejecutivo destinó mayor presupuesto para fortalecer en el 2025 el sistema de flagrancia que impulsa el Poder Judicial. Sin embargo, consideró que se podría destinar más recursos si se haría un uso más eficiente de los recursos público.

(FIN) FHG/FGM

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Publicado: 29/8/2024