El Ministerio de Energía y Minas (Minem) sostuvo hoy que su principal objetivo es formalizar el mayor número de Registros Integrales de Formalización Minera (Reinfo), para cual se publicó el Decreto Supremo N° 009-2025-EM que reglamenta la Ley N° 32213.
“Lo primero que quisiera mencionar, claramente, es que nuestro decreto supremo busca fundamentalmente lograr la formalización del mayor número de Reinfos vigentes, porque consideramos que eso es importante”, dijo el titular del Minem, Jorge Montero.
“Por lo tanto, desde el Ministerio de Energía y Minas nuestro propósito central es formalizar el mayor número posible de Reinfos vigentes. Ese es nuestro principal objetivo”, agregó.
Durante su presentación en la Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República, Jorge Montero consideró que tanto el Poder Ejecutivo como el Parlamento Nacional buscan darle solución al problema de la formalización de los Reinfos.
“El Decreto Supremo N° 009-2025-EM regula aspectos que son fundamentales. El primero es que mediante esta norma activamos la competencia que recibimos a partir de la Ley N° 32213 para formalizar, porque sin este reglamento no podríamos hacerlo”, explicó.
“Con este decreto supremo que reglamenta dicha ley, nosotros como Ministerio de Energía y Minas ya tenemos las capacidades, por primera vez en la historia de la formalización minera en el Perú, para asumir la responsabilidad del proceso a nivel nacional, porque nunca antes lo hemos tenido, siempre estuvo a cargo de los gobiernos regionales”, añadió.
El ministro indicó que otro punto importante del decreto supremo en mención es la depuración del Reinfo porque se necesita separar “el trigo de la paja”.
“Hemos normado en el decreto supremo que los Reinfos que se encuentran en condición de suspendidos, que son algo más de 60,000, tienen un tiempo de 45 días calendarios para superar su condición de suspendidos y poder ser vigentes”, refirió.
“Para eso necesitamos que presenten una declaración de producción semestral y un instrumento de gestión ambiental; que tengan un RUC activo de tercera categoría, y las autorizaciones para el uso de materiales explosivos y peligrosos. Entonces, esas son las condiciones que se deben cumplir para que un Reinfo suspendido pase a la categoría de vigente”, detalló Jorge Montero.
“Una vez que este plazo se cumpla, los Reinfos suspendidos que no han reaccionado y completado estas condiciones básicas y mínimas para ser vigentes, simplemente quedan excluidos”, agregó.