En el Perú hay más de dos millones de empresas registradas —según el INEI—, las cuales están conformadas en su mayoría por varios socios. Entre sus diversas obligaciones está acordar la distribución de ganancias obtenidas entre los accionistas, a quienes les toca recibir el retorno de su inversión.
Cabe mencionar que los peruanos suelen destinar entre 3,000 dólares y 5,000 dólares para invertir en diversos mercados financieros.
“Pese a la importancia de este aspecto, la distribución de dividendos suele hacerse de manera informal, obviando los procesos que la Ley establece para todas las
empresas. Uno de estos procesos es llevar a cabo la Junta Obligatoria Anual de Accionistas, reunión en la que, entre otros aspectos, se debe acordar la distribución de las ganancias obtenidas en el 2018 y cuyo plazo vence el 31 de marzo”, explica el socio principal de Aguirre Abogados & Asesores, Walter Aguirre.
El especialista en derecho corporativo nos explica en simples pasos cómo cobrar las ganancias que obtuvo mi empresa de acuerdo a la ley:
1) Aprobación de la gestión y resultados económicos del 2018:
El directorio deberá formular la memoria y los Estados Financieros de la empresa, documentos que acreditan la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos. De haber resultados positivos durante el 2018, se deberá elaborar la propuesta de distribución de las ganancias. “La Ley General de Sociedades establece que los Estados Financieros deben ser aprobados de forma obligatoria, por lo menos una vez al año, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas a celebrarse dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, es decir, hasta el 31 de marzo”, indica Aguirre.
Durante esta junta obligatoria, además de la aprobación de los Estados Financieros por los accionistas, se debe decidir también la distribución de las ganancias, la elección de los miembros del directorio, su retribución, y el nombramiento de los auditores externos, entre otros asuntos relevantes, previamente acordados por la empresa.
2) Cumplir con las detracciones legales:
Para calcular las ganancias a distribuir, primero se deberá cumplir con compensar las pérdidas de ejercicios anteriores, determinar el Impuesto a la Renta, establecer la participación de los trabajadores en las utilidades de la sociedad, detraer un mínimo del 10% de la utilidad para destinarlo a la reserva legal y la retribución del directorio. Efectuadas estas detracciones mandatorias por le Ley General de Sociedades, se determinará la ganancia que será distribuida entre los accionistas.
3) ¿Repartir las ganancias o reinvertirlas?
Una vez cumplidos los anteriores pasos, se podrá decidir qué hacer con las ganancias o dividendos: distribuirlos o mantenerlos para una reinversión.
“Si son resultados positivos y se decide optar por la
distribución de las ganancias, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas se podrá aprobar el monto y la forma de pago a cada accionista, a quienes les corresponderá la parte proporcional a su participación en el capital social, independientemente si son trabajadores o no de la empresa. Por ejemplo, quien tenga el 10% de acciones, recibirá un 10 % de las ganancias”, afirma el socio principal de Aguirre Abogados & Asesores.
También es necesario recalcar que el dinero podría mantenerse y reinvertirse nuevamente en la empresa, si así es decido por todos los accionistas.
4)¿Qué sucede si la empresa tuvo pérdidas?
Sin embargo, ¿qué sucede si durante el año anterior mi empresa no obtuvo los resultados que esperaba? Para el especialista de Aguirre Abogados & Asesores, si una empresa se enfrenta a un escenario negativo, una de las decisiones más importantes será la relacionada con la gestión social y la aplicación de los resultados, ya que si se tuvo pérdidas o, en el peor de los casos, la empresa enfrenta un desbalance patrimonial significativo, esta situación se deberá evaluar en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas y se decidirá si se efectúan nuevos aportes, si utilizan las reservas legales o de libre disposición, entre otras acciones para resguardar a la empresa.
“Como socio inversionista, para saber si su inversión está siendo bien manejada, si va a obtener la rentabilidad deseada, si la empresa tendrá éxito en el largo plazo, resulta realmente importante asistir a la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de su empresa. Por otro lado, los órganos de administración deberán cumplir con su obligación de convocar a la mencionada junta, de lo contrario podrían llegar a enfrentar hasta responsabilidades civiles frente a la sociedad, los accionistas y terceros”, finaliza Aguirre.
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(FIN) SDD