La SBS aprobó hoy el uso obligatorio de tablas de mortalidad para el cálculo de las pensiones en las modalidades de renta vitalicia familiar y renta vitalicia diferida, norma que entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2019.
De acuerdo a la
Resolución SBS 886-2018 las tablas de mortalidad también serán de aplicación gradual y obligatoria para el cálculo anual de la modalidad de retiro programado en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y otros.
Las tablas de mortalidad se detallan en el anexo de la presente resolución y se publican en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo 001-2009-JUS.
Con las nuevas tablas de mortalidad aplicables al SPP peruano se estima que una persona sana que tiene 65 años (edad de jubilación legal) en el 2017 vivirá en promedio hasta los 87.5 años si es hombre o
90.8 años si es mujer.
Se estima que una persona inválida que tiene 47 años (edad promedio de invalidez) en el 2017 vivirá en promedio hasta los 75.3 años si es hombre u 80.9 si es mujer.
Los resultados que se muestran son de aplicación directa para la población afiliada al SPP peruano.
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¿Rango entre 0 y 109 años?
El conjunto de información permite calcular la exposición para todas las edades del rango comprendido entre 0 y 109 años, así como la cantidad de fallecimientos ocurridos para cada edad.
El periodo de observación para la construcción de las tablas abarca la ventana de tiempo 01/01/2010 al 30/09/2016 para individuos sanos y 01/01/2002 al 30/09/2016 para individuos inválidos.
No se recomienda su uso para estimar la mortalidad esperada de la población peruana en su totalidad o de pensionistas afiliados a un régimen pensionario diferente al SPP, debido a que las características demográficas son diferentes en cada caso.
La SBS afirma que las tablas de mortalidad tienen como finalidad garantizar que se tengan los recursos necesarios para el
pago de las pensiones por parte de las empresas de seguros y para la distribución de los recursos en el tiempo en la modalidad de retiro programado por parte de las AFP.
Así, de acuerdo con los estándares internacionales actuariales y contables considera necesario actualizar las tablas de mortalidad permanentemente en el tiempo y migrar de una tabla de mortalidad estática hacia una dinámica a fin de reflejar los cambios recientes en la mortalidad o esperanza de vida, así como los factores de mejora en las tasas de mortalidad, de la población sujeta a estudio.
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Constitución de Reservas
Asimismo, la SBS aprobó el Reglamento de Constitución de Reservas Matemáticas de Seguros de Rentas y del Análisis de la Suficiencia de Activos a través de Resolución SBS Nº 887-2018.
El presente Reglamento es de aplicación a las empresas de seguros comprendidas en el literal D del artículo 16 de la Ley General, autorizadas a operar contratos de rentas provenientes del Sistema Privado de Pensiones (SPP) y rentas provenientes del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
La presente resolución igualmente entrará en vigencia a partir del 1 de enero del 2019.
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(FIN) JJN/JJN
Publicado: 10/3/2018